Cooperativas Agroalimentarias de España se muestra muy crítica con la sentencia del Tribunal Supremo sobre el funcionamiento de las instalaciones de carburantes a vehículos.

En concreto, el recurso tenía como objetivo anular y derogar la limitación de suministro de carburante en cada repostaje a 75 litros y 3 minutos de duración, aduciendo motivos de seguridad. "Este extremo significa perjudicar y penalizar con subterfugios nuestro sistema de estaciones automáticas, en beneficio evidente de los que las consideran competencia desleal", arguyen las cooperativas. "Además de ser una restricción ajena a la realidad del parque de vehículos industriales que desarrollan su labor en el sector agropecuario, donde prácticamente todos cuentan con depósitos con capacidades superiores a los 200 litros, alcanzando la flota de camiones volúmenes superiores a los 500 litros", añaden la organización.

Cooperativas Agroalimentarias confía en que el legislador "rectifique y reconsidere su posicionamiento modificando la actual normativa, en tanto en cuanto la vigente es un claro atropello y una aberración que contraviene, no sólo la realidad de este país, sino que es una anomalía con respecto a la existente en otros países de nuestro entorno".