El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado, una Orden ministerial que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional. Sus objetivos son la realización de actividades especí ficas que sirvan para potenciar el papel de las mujeres en el desarrollo económico del medio rural, tanto en actividades agrarias como en el acceso a las condiciones de igualdad entre hombre y mujeres. Para ello, el M inisterio considera necesario realizar actuaciones que promuevan el conocimiento y la concienciación de las mujeres en todo el territorio. En este ámbito, las organizaciones de mujeres rurales son las interlocutoras institucionales más adecuadas para entablar un diálogo permanente con la admin istración para impulsar, de forma conjunta, el papel de las mujeres en la planificación de la economía rural.

Entre las actuaciones que pueden ser objeto de subvención destaca n la difusión de la titularidad compartida de las e xplotaciones agrarias, la divulgación e información sobre incorporación de las mujeres a la actividad económica del medio rural y de las jóvenes a la actividad agra ria, así como el acceso de las mujeres a las medidas de desarrollo rural y a los órganos de gobernanza de organizaciones profesionales agrarias y cooperativas. Estas actividades especificas podrán articularse mediante proyectos de organización de jornadas, nacionales o europeas, seminarios y encuentros , y actividades de intercambio de conocimi entos. Los proyectos deberán tener vocación nacional y global.

También son subvencionables las actividades de representación e interlocución ante la Administración General del Estado, a través de los órganos de gobernanza y de los grupos de trabajo dep endientes de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal. De este modo, se promueve la participación y la implicación de las mujeres rurales en el desarrollo rural. Estas actuaciones podrán articularse mediante proyectos de asistencia a lo s distintos órganos de gobernanza y grupos de trabajo del M inisterio .

Mayor participación en el desarrollo rural

Este tipo de subvenciones, que sustituyen a las que se viene n concediendo desde el año 2006 para dotar a las mujeres de mayor participación en te mas de desarrollo rural, están dirigidas a asociaciones de mujeres del medio rural de ámbito estatal , que estén legalmente constituidas y que carezcan de ánimo de lucro. Además, las beneficiarias han de realizar sus actividades en, al menos, tres comu nidades autónomas y los proyectos deberán demostrar que tienen vocación nacional y global.

La Orden ministerial establece la compatibilidad de estas ayudas con otras que se puedan conceder por d iferentes Administraciones. Asi mismo, limita los gastos subv encionables y ajusta las cuantías de las subvenciones a las dotaciones específicas que se asignen en los Presupuestos Generales establecidos para cada año. En este sentido , se indica que la cuantía máxima de la ayuda por cada entidad no podrá superar el 2 5 por ciento de la dotación presupuestaria anual disponible para la convocatoria. También especifica que cada entidad podrá presenta r un máximo de tres proyectos.