El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León considera que las enfermeras tienen derecho al acceso completo a la historia clínica de los pacientes para poder desempeñar sus tareas profesionales y obliga a Sacyl a facilitar esta función. Así lo recoge el fallo de la sentencia que UGT acaba de ganar a la Consejería de Sanidad y que afecta a los profesionales de atención especializada.

Según han relatado Nieves Martínez, José María Barbón y Jerónimo Cantuche, respectivamente secretaria regional, provincial y miembro de la sección de Sanidad de UGT, la Consejería habilitó dos programas diferentes en los hospitales, uno denominado Jimena para la historia clínica médica y otro, Gacela, para el uso del personal de enfermería. Sin embargo, Gacela impide el acceso de la enfermera a datos básicos de la historia clínica del paciente para poder realizar su trabajo, como por ejemplo la calcemia tras una cirugía de tiroides, ya que no pueden acceder a análisis, radiología y otras pruebas.

Sacyl tiene un plazo de un mes para recurrir la sentencia, aunque UGT no cree que lo haga y pide a la Consejería de Sanidad que tome las medidas oportunas para cumplir la sentencia judicial que, además, está amparada por toda la legislación vigente. Los sindicalistas indicaron también que muchas veces es el propio médico el que facilita a la enfermera la clave de acceso a la historia clínica para que pueda ejercer su labor, aunque esta práctica sea ilegal.