Los 71.969 euros que debió entregarle a su exesposa por el régimen de gananciales que tenían estipulado cuando eran matrimonio siguen sin llegar a manos de la mujer después de que una sentencia reconociera que el dinero es de ambos, aunque fuera un regalo del padre del acusado. Este, de iniciales P.C.E.S., que tras la liquidación de deudas hipotecarias de la pareja "sacó la cantidad de la cuenta bancaria común y la distrae" para que ella no pudiera disponer de su parte, según la acusación, y lo empleó en realizar préstamos a su hermano, en construir una casa y en comprar un coche y una moto "sabiendo que era un dinero ganancial".

El abogado de la expareja del imputado exige, pues, cinco años de prisión por los delitos de apropiación indebida (tres años), alzamiento de bienes (dos años), ocultación de bienes (nueve meses). La Fiscalía exige solo dos años de cárcel por considerar que el hombre se quedó con el dinero que no le correspondía. La defensa pide la absolución al entender que la mujer pudo solicitar el embargo de propiedades de las que dispone el imputado para conseguir saldar la deuda de 71.969 euros y no lo ha hecho en estos seis años de pleitos. El acusado P.C.E.S. "no es insolvente ahora", tiene un sueldo de 30.000 euros al año, una vivienda de 130.000 euros y los vehículos, aclaró su abogada. Tampoco era insolvente en 2013, subrayó para reprochar que no se ejecutara el embargo de bienes para cobrar, cuando la mujer exigió su parte de ese dinero en base a una sentencia del Juzgado número 5 de la capital, momento en el que "ya no consta la existencia del dinero" en metálico porque "fue consumido en uso precipitado y personal posiblemente". No obstante, la letrada afirma que "tiene el mismo patrimonio que en 2010 y 2011", únicamente "lo empezó a transformar porque creyó que el dinero era suyo".

La acusación particular aclaró que no se pudo ejecutar el embargo porque había un crédito por liquidar que lo impedía, para concluir que "existe el dinero, pero lo oculta y fuerza la insolvencia punible entregando a su hermano dinero con acuerdo entre particulares que no tiene validez fiscal" y adquiriendo productos financieros.