"Tenía prisa". Ese fue el argumento de un joven interceptado por el radar cuando circulaba a 224 kilómetros por hora por la A-52 en dirección a Benavente, a la altura de un puente, en su BMW 320, el 5 de mayo de 2016 velocidad que solo admitió en parte, como mucho iba a 200 kilómetros por hora, dijo durante el juicio celebrado en el Juzgado de lo Penal.

El procesado por el delito de exceso de velocidad se escudó en el informe de un perito que contrató y que expuso en la vista oral las razones por las que el vehículo no podía llegar a tal velocidad, no podía sobrepasar los 215 kilómetros por hora. La primera, la antigüedad del turismo, que con el paso de los años perdería la capacidad para alcanzar la velocidad que inicialmente podía coger el coche.

La segunda razón es ajena al automóvil, está relacionada con el efecto de las vibraciones que se producen cuando se circula por debajo de un puente, como ocurrió en este caso. El experto, que testificó a favor del conductor procesado, afirmó que las vibraciones que se producen al pasar por encima del puente pueden modifica la velocidad de onda del radar, lo que distorsionaría la medición efectuada.

Los agentes de la Guardia Civil que testificaron ante la magistrada aseguraron que el aparato estaba en perfecto estado, era homologado y que la velocidad que detectó, los 224 kilómetros por hora, era a la que realmente transitaba el acusado, de modo que corroboraron los términos de la denuncia que en su día tramitaron contra el joven por infringir la Ley de Seguridad Vial.