La sentencia afirma que los cuatro acusados, "actuando conjuntamente", "con ánimo de vaciar el patrimonio de la sociedad" promotora del edificio Mercantil de Benavente, "e impedir que el Ayuntamiento pudiera cobrar el importe de las sanciones impuestas". Con tal objeto, el arquitecto banaventano Ramón Ávila García, su esposa, de iniciales M.P.V.C., su hijo, F.R.A.V., y el socio de esta en Promer, J.F.L., "procedieron a otorgar diversas escrituras de venta de los inmuebles" de la citada sociedad "a favor de ellos mismos". Con su actuación, el Ayuntamiento de Benavente no pudo ejecutar la sentencia del Juzgado Contencioso de Zamora que estimó como válidas las sanciones de 300.000 euros, la más grave; 6.010 euros, 3.000 euros y 1.500 euros por levantar más alturas de las permitidas en la promoción de viviendas, garajes y trasteros y por contravenir el Plan de Urbanismo del municipio.

Aunque el arquitecto benaventano no era socio de Promer, su intervención fue clave en el entramado ideado para llevar a cabo el alzamiento de bienes de la empresa promotora del edificio Mercantil, según la magistrada del Juzgado de lo Penal, ya que "en la práctica era el que manejaba la sociedad". Él era apoderado de su esposa y vendió varios inmuebles en su nombre al otro socio, a su hijo y a su mujer. Varios testigos que fueron compradores de inmuebles, así como quienes llevaban la contabilidad del negocio le señalaron como la persona con la que hablaban y el que "entregaba la documentación".