Los empresarios del comercio zamorano y los representantes de los trabajadores, "ante la grave situación de paro existente" en la provincia, han acordado limitar al máximo la realización de horas extraordinarias por parte de la plantilla. Esto, según aparece reflejado en el convenio de comercio -que ya es oficial al estar publicado en el Boletín Oficial de la Provincia- se hace con "el ánimo de favorecer la creación de empleo".

Así pues, se suprimirán las horas extraordinarias con carácter habitual. Eso sí, se realizarán de forma obligatoria por parte de la plantilla todas aquellas que "vengan exigidas por la necesidad de reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes, así como en caso de riesgos de pérdidas de materias primas". También "se mantendrán las horas extraordinarias precisas para atender pedidos, ausencias imprevistas, cambios de turno, realización de inventario, carga y descarga de camiones y cualquier otra circunstancia de carácter estructural derivada de la actividad, siempre que no quepa la utilización de las distintas modalidades de contratación temporal o parcial prevista por la ley".

La principal novedad es que la dirección de la empresa informará periódicamente al Comité de Empresa o a los delegados de personal sobre el número de horas extraordinarias realizadas, especificando las causas y, en su caso, la distribución por secciones. En función de esta información los representantes legales de los trabajadores determinarán el carácter y naturaleza de las horas extraordinarias, comprometiéndose ambas partes a la creación de un puesto de trabajo por cada mil quinientas horas extraordinarias realizadas en un año dentro de cada centro de trabajo". Esto es, si el conjunto de la plantilla suma más de 1.500 horas extra en un año natural se entiende que el empresario debería reforzar a su personal con una nueva incorporación y, según el nuevo convenio, estará obligado a hacerlo.

Además, las horas extraordinarias realizadas serán compensadas en descanso, o subsidiariamente, retribuidas en el porcentaje en ambos casos del 150% sobre la hora ordinaria. Para fijar el importe de la hora ordinaria se dividirá la retribución anual entre 1.776 horas de trabajo efectivo en cómputo anual, las que contempla el convenio.

Cabe recordar que empresarios y sindicatos pactaron el convenio de comercio el pasado mes de abril. Sin embargo, algunos defectos de forma a la hora de presentar el documento han dilatado los plazos y se publicó hace solo unos días. El convenio contempla subidas salariales del 1,6% para este año y los dos siguientes, de forma retroactiva a partir del pasado uno de enero. No tiene cláusula de revisión salarial, por lo que los sueldos subirán ese 1,6% independientemente de lo que varíe el IPC.