Tanto en el caso de la persona que heredó 6.000 euros en bonos del Banco Popular, como de la pareja que invirtió 58.000 euros en "Valores Santander", las entidades bancarias "les aseguraron que el producto era similar a un plazo fijo, que podían cancelar de año en año, sin ningún tipo de problema, por lo que no había riesgo alguno", explican los abogados de los perjudicados, Javier Lozano Carbayo e Ignacio Fernández Doval, de la Asociación para la Defensa de los Derechos de los Consumidores (Adef).

Nada más lejos de la realidad, subrayan, puesto que eran productos financieros "complejos, sin liquidez, sin remuneración asegurada, de riesgo elevado, que no están garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos y que obligaba al cambio en acciones, a pesar de la situación de la entidad financiera".

Los zamoranos que han sufrido las consecuencias de la compra de estos productos tóxicos pueden acudir a la Asociación para la Defensa de los Derechos de los Consumidores, con experiencia en este tipo de pleitos, puesto que ha presentado ya más de 7.000 demandas bancarias en todo el país y prepara ya las de cientos de accionistas del Popular.