El zamorano Raúl Álvarez del Río, condenado por los crímenes de su exnovia dominicana y su hija, ha visto reducida en cinco años y medio la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid, que se queda así en 32 años y medio, al estimar el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de esa comunidad autónoma parte del recurso de su abogado y concluir que cometió un homicidio y no un asesinato al estrangular a su expareja, la joven dominicana Adolfina Puello Sánchez, puesto que no puede probarse que el procesado actuara con alevosía, es decir, que hubiera preconcebido un plan para acabar con la vida de la mujer. La Audiencia le había impuesto una pena de 18 años de prisión por esta muerte, que ahora se queda en 14 años de cárcel, cinco menos, por lo que solo cumplirá 20 años de reclusión, de acuerdo con el Código Penal.

El jurado popular había dictado un veredicto de culpabilidad y determinado que el joven cometió dos asesinatos la misma noche del 29 de junio de 2014, cuando mató en el domicilio de su pareja a la hija de esta, Argelys, que contaba con 9 años de edad, delito este último por el que se le reduce ahora la pena de reclusión en un año y medio, por lo que la deja en 18 años y medio en lugar de 19 años, al aplicar la atenuante de confesión, al igual que también para el homicidio de la madre de la menor de edad.

Los magistrados del Alto Tribunal de Madrid también admiten la tesis de la defensa, dirigida por el abogado zamorano Raúl Alonso Domínguez, en el sentido de que solo existen testigos de referencia y no directos sobre cómo pudieron producirse las muertes y las circunstancias que rodeaban la relación de la pareja, que se describió como conflictiva e incluso se llegó a acusar de violencia de género a Raúl Álvarez del Río, sin que exista ninguna denuncia previa de la supuesta víctima, Adolfina.

El letrado muestra su satisfacción por la sentencia del TSJ de Madrid, que tilda de "muy positiva, máxime cuando este ha sido un caso especialmente complejo y difícil a la hora de articular la defensa", dificultad en la que ha tenido influencia "la repercusión mediática, que ha interferido en el procedimiento judicial, derivando en un juicio paralelo y creando una opinión pública que perjudicaba a mi cliente y el esclarecimiento del caso".