El dueño de Cetragran, de iniciales A.F.P. acaba de ser condenado a 3,5 años de cárcel por un delito continuado de estafa cuya cuantía asciende a 498.044 euros, según la sentencia de la Audiencia Provincial, que le obliga a devolver ese dinero con los intereses legales, que se corresponden con compras impagadas, como responsabilidad civil de la que subsidiariamente deberá responder la firma que quebró el 28 de junio con una deuda de 16 millones de euros. El Tribunal provincial le absuelve del delito societario por el que la Fiscalía exigía otra condena de dos años, al igual que a su hermana, la otra administradora, M.F.P., de quien se estima que nunca llevó a cabo ninguna función de gestión de la empresa "más allá de la asistencia a las juntas y la firma de documentación" sobre cuentas anuales o actos jurídicos concretos. La multa impuesta a A.F.P. asciende a 1.620 euros.

En la sentencia, la magistrada Esther González estima la estafa continuada porque da por probado que el imputado, entre marzo y abril de 2009, "conociendo la grave situación" en la que Cetragran quedaba al serle devueltos pagarés de la empresa Eurotaif Siglo XXI, de Almería, continuó efectuando pedidos a sus suministradores de cereales, a pesar de saber que la situación económica de su empresa era difícil al no poder recuperar el dinero adeudado por la firma andaluza. Dice que, "dada la importancia de la cuantía de la deuda que implicaba, necesariamente, la insolvencia" de la firma zamorana", el procesado "continuó realizando operaciones de compraventa con las empresas a las que está ahora condenado a devolver los 498.044 euros que nunca llegó a pagarles por el grano adquirido, lo que el fiscal jefe de la Audiencia llamó "un gran timo del nazareno".

Se destierra el delito societario al considerarse que no está probado que se falsearan las cuentas de la empresa en lo que respecta a las existencias que Cetragran pudiera tener al proclamarse el concurso y sobre los créditos a las sociedades que el procesado tenía vinculadas con Cetragran. Se hace especial hincapié en que las cuentas que auditaba una entidad externa, "independiente y prestigiosa en el sector, que no realizó advertencia alguna hasta la formulación e informe de las de 2008, que se hizo en el juicio de 2009", cuando Cetragran estaba ya en concurso. El Juzgado Mercantil que vio las ilegalidades en la administración de la empresa causa del concurso condenó a A.F.P. a 9 años y a M.F.P. a 3 años de inhabilitación "para administrar bienes ajenos, representar o administrar a cualquier persona y ejercer el comercio", al declararles culpables de la quiebra de Cetragran.