El deterioro de los cadáveres de las dos yeguas y el potro muertos en la explotación de El Cañizal impidió a los veterinarios acreditar que la causa de la muerte, en el intervalo de tres meses, fuera la "desnutrición" y la "delgadez" que los veterinarios de la Junta de Castilla y León habían informado en ambos casos. Esta circunstancia no permite a la juez condenar a su propietario al año de prisión por un delito de maltrato animal que exigía la fiscal de Medio Ambiente, pena máxima que contempla el Código Penal. La Fiscalía Provincial pedía también para el dueño de los animales, de iniciales P.T.C. , absuelto ya la inhabilitación por 3 años para el ejercicio de profesión u oficio relacionado con los animales. Los técnicos también apuntaron que "la comida que tenían los animales en la visita inicial a la explotación era escasa y de mala calidad", apunta la juez en su sentencia, además de indicar que el resto de los caballos del imputado mejoraron, mientras que esa yegua terminó por fallecer. Estos indicios no han servido para condenar al procesado porque el veterinario que practicó la necropsia no pudo determinar la causa del óbito.

Las inspecciones se produjeron después del fallecimiento de una yegua, del que P.T.C. dio parte el 23 de marzo de 2015 a la compañía aseguradora, fecha en la que el veterinario del seguro ya no pudo certificar la causa del fallecimiento porque este no era reciente y el animal estaba hinchado, si bien informa de que "que estaba muy delgada y tenía mucha ictericia", dice la juez. La compañía denuncia el estado de los animales ante la sospecha de que el propietario era responsable de las bajas en su ganadería y buscaba cobrar el seguro, de 3.000 euros, por lo que la Guardia Civil y los veterinarios de la unidad de Fuentesaúco inspeccionan la explotación constatan la delgadez de los animales y la falta de comida en esta primera visita. La yegua parida falleció el 5 de junio y el potro, 17 días después. La sentencia de la magistrada del Juzgado de lo Penal, que alega las dudas sobre la causa de la muerte para exculpar al dueño de los animales, recoge que en la primera de las distintas visitas de los agentes de la Guardia Civil, el 25 de marzo, tras la muerte de la primera yegua, se indica que "vieron a los animales muy delgados, en especial a la yegua que amamantaba al potro. Aunque tenían agua y alimento, los veterinarios" de la unidad de Fuentesaúco "les dijeron que ere poco y de mala calidad", además en "sucesivas" inspecciones "la yegua estaba más delgada". La fiscal insistió en que los guardias dijeron que los animales "estaban delgados y sin agua". La juez contrapone en su fallo el testimonio de veterinarios del acusado, que alegaron que la primera yegua no pudo morir de hambre porque el instinto de supervivencia le habría llevado a comer hierba y árboles que había en la finca. Sobre la segunda, dijo que había tenido problemas de placenta tras el parto.