Casi 200 personas mayores de edad con discapacidad permanecen bajo tutela en Zamora. De ellos, una tercera parte tienen entre 18 y 64, mientras que el resto se trata de mayores de 65. La persona que es nombrada tutora tiene la obligación de educar a la persona con discapacidad y procurarle una formación integral, además de administrar sus bienes y representarle en todos sus actos. Aunque los tutores actúan en nombre y representación del usuario sometido al régimen de tutela, para realizar ciertos actos necesitan la autorización del juez. Es el caso de la enajenación de sus bienes, solicitar préstamos, la renuncia de sus derechos o la intervención en la partición de herencias.

En términos regionales, Castilla y León cuenta con más de 2.000 personas con discapacidad de más de 18 años bajo tutela. Valladolid, con 486, es la provincia con mayor número de usuarios de este tipo, seguidos por León, Burgos, Palencia, Salamanca y, en quinto lugar, Zamora, con sus 173 casos, según el último informe de la Gerencia de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León.

La protección jurídica y el ejercicio de la tutela de las personas mayores de edad incapacitadas legalmente implica su protección jurídica y social mediante el ejercicio inexcusable de la tutela y curatela. La primera se constituye sobre menores e incapacitados en los casos de incapacidad más grave, mientras que a la curatela, mucho menos frecuente, se sujetan los menores que ya están emancipados y no tienen padres, los pródigos -declarados incapaces para administrar sus bienes- y los afectados por una incapacidad leve de menor grado.

La sentencia judicial de incapacidad determinará, en función del grado de entendimiento del menor o discapacitado, el régimen de tutela o curatela al que deberá quedar sujeto.