Un joven se enfrenta a la acusación de un delito de maltrato animal a su perro, infracción penal que conlleva condenas de hasta un año de prisión e inhabilitación para poder de hasta tres años para tener animales domésticos o amansados y para ejercer alguna profesión o comercio relaciondo con ellos. El dueño del can, de raza american bully -a la que se mutila las orejas-, está siendo investigado por el juez como presunto autor de los daños provocados al cortarle las orejas, una práctica, junto a la mutilación del rabo, habitual en algunas razas hasta hace no hace tanto tiempo, por costumbre o por estética.

La Guardia Civil inició las diligencias después de que agentes del Serivicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) se encontrara en una zona verda de la capital con el acusado, cuando paseaba al perro hace año y medio, en enero de 2015.

Al parecer, los guardias comprobaron que la intervención, totalmente prohibida salvo que exista alguna preescripción veterinaria porque el animal padezca algún tipo de dolencia, había sido realizada por alguien que carecía de conocimientos. Asimismo, los guardias habían observado que el perro arrastraba un objeto, lo que podría indicar que lo estaban entrenando, ya que los animales de su raza suelen ser utilizados para intervenir en peleas.

El Juzgado mantiene abiertas las diligencias por un delito de maltrato animal, causa que está próxima a remitirla a la Fiscalía Provincial para que califique los hechos y determine qué penas de prisión impondrá, y cuántos durante cuántos años inhabilitará al joven acusado para trabajar o tener algún negocio relacionado con animales y poder disponer de un animal de compañía.

Lo que fue costrumbre hasta hace unos años, la mutilación de orejas y rabos en ciertas razas de perros, se ha convertido en un delito perseguido y castigado en el nuevo Código Penal en su artículo 337.1, muy criticado por los animalistas por entender que las penas son todavía insuficientes para evitar prácticas como la que en Zamora ha dado lugar a este procedimiento judicial. El artículo 337.1 del Código Penal dice textualmente que quien "por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente a un animal doméstico o amansado; un animal de los que habitualmente están domesticados; un animal que temporal o permanentemente vive bajo control humano; o cualquier animal que no viva en estado salvaje será castigado con la pena de tres meses a un año de prisión". La legislación incluye la "inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales domésticos o amansados". Castigos con los que se reprenden comportamientos que terminen "causándole lesiones que menoscaben gravemente la salud" del animal, al objeto de protegerlo frente a prácticas que se consideran maltrato.