El Consejo Consultivo de Castilla y León ha reconocido el derecho de un paciente de Sacyl a recibir una indemnización de 92.695 euros por parte de Sacyl, como consecuencia de un error de diagnóstico en una luxación de hombro.

Todo empezó en verano de 2012, cuando el reclamante acude al servicio de urgencias del hospital tras sufrir una caída y golpearse el hombro izquierdo. Se le realizan unas radiografías y se procede a la reducción de la luxación y a la colocación de una malla y se realiza nueva prueba de imagen. Se diagnostica luxación anterior de hombro izquierdo. El juicio clínico, alega el paciente, "fue fruto de un claro error de diagnóstico, dado que en la prueba de imagen realizada tras la reducción de la luxación se evidencia que la cabeza humeral seguía luxada estando localizada en el hueco axilar".

Ese mismo mes acude a consulta de Traumatología y los médicos confirman el diagnóstico de luxación anterior de hombro izquierdo y le derivan al Servicio de Rehabilitación, donde empieza tratamiento. Ese mismo mes vuelve a consulta de Traumatología, que había solicitado nuevas pruebas de imagen, y le vuelven a confirmar el diagnóstico. Sin embargo el mismo día recibe una llamada de teléfono del Servicio de Traumatología en la que le informan de que, tras revisar las pruebas de imagen realizadas, debe interrumpir el tratamiento rehabilitador y realizarse una resonancia magnética. Y a la vista de la resonancia, en la consulta de Traumatología al paciente se le informa que "ha existido un error de diagnóstico, que no se trataba de una simple luxación sino (?) que la cabeza humeral estaba introducida en el hueco axilar y que debería serle colocada una prótesis de hombro", que requería cirugía.

Se le informó de que la intervención quirúrgica se realizaría por el mismo Servicio de Traumatología que le había tratado. Pero el paciente alega que este servicio carecía de experiencia alguna en este tipo de intervenciones y no se le ofreció la derivación a ningún otro centro de referencia, por lo que buscó una segunda opinión a través del servicio médico de la empresa donde presta servicios laborales.

Tras acudir a la consulta de un traumatólogo privado éste le practicó unos días más tarde la intervención quirúrgica. Recibió el alta hospitalaria y estuvo de baja laboral más de tres meses.

El reclamante afirma que ha existido un claro error de diagnóstico de la fractura que padecía y que ello ha ocasionado que la lesión se agravara provocando daños irreversibles que padece como secuelas.