"¿Y si me toca?". Esta pregunta, que ronda por la cabeza de todos los que hoy juegan a la lotería, ha suscitado las recomendaciones por parte de las organizaciones de consumidores y usuarios. Lo primero es "mantener la cautela. No hay que tomar ninguna decisión precipitada. Lo primero, se debe acudir a un notario a compulsar el boleto premiado. Si el importe asciende a más de 3.000 euros, no se podrá cobrar en una administración, así que deberás acercarte a una entidad bancaria concertada".

El sector financiero lanza también sus recomendaciones para este supuesto. Lo primero, recordar que "todos los premios de Loterías y Apuestas del Estado que superan la cantidad de 2.500 euros tienen un gravamen especial del 20%. De este modo, el importe neto del premio gordo de Navidad (400.000 euros por un décimo), tras el pago de impuestos, ascendería a 320.000 euros. Este gravamen es retenido por la misma entidad de Loterías que abone el premio, y dicha retención constituye la tributación definitiva, de manera que no se debe incluir de nuevo en la declaración del IRPF del año 2015". También "se debe tener en cuenta que el premio computará en el Impuesto de Patrimonio y que afectará, tanto si lo inviertes, como si lo mantienes en efectivo".