Hasta 150 ayuntamientos de la provincia de Zamora con menos de 5.000 habitantes están adheridos a un convenio con la Diputación por el que la institución provincial tramita los inmuebles en ruina así como la ejecución subsidiaria de las demoliciones. Los municipios de Gema, Requejo y Fermoselle han sido los últimos en sumarse al acuerdo, tal y como ha quedado ratificado en los últimos días en el Boletín Oficial de la Provincia.

Las tramitaciones de los procedimientos de declaración de ruina y de órdenes de ejecución son procesos largos y complejos para los ayuntamientos pequeños, que cuentan con escasos medios materiales y personales y, en consecuencia, poca capacidad de gestión. Estas dificultades se hacen aún más patentes en los casos en que, ante el incumplimiento del propietario, el Ayuntamiento se ve obligado a intervenir con una ejecución subsidiaria repercutiendo los gastos al titular. Conocedora de esta situación, la Diputación Provincial apoya a 150 municipios de población inferior a 5.000 habitantes por entender que son los que tienen menor capacidad económica y de gestión.

En términos generales, el convenio encomienda a la Diputación a realizar las actuaciones materiales que deban llevarse a cabo en la tramitación de los procedimientos de la declaración de ruina y de las órdenes de ejecución, además de aquellas acciones derivadas de la actuación subsidiaria de la declaración de ruina cuando conlleven la demolición del inmueble o cuando exista riesgo inmediato para la seguridad de personas o bienes.

En el convenio entre la Diputación y el municipio en cuestión están incluidos los inmuebles de propietarios privados ubicados en suelo urbano y quedan expresamente excluidos del acuerdo los edificios de propiedad pública, los que estén situados en suelo rústico y urbanizable, las bodegas tradicionales de carácter privado y los inmuebles sobre los que hubiera recaído una declaración de ruina antes de la firma del convenio entre ambas partes. No obstante, con carácter excepcional se podrán incorporar al programa otras edificaciones con necesidad de intervención por razones de interés público.

La institución provincial podrá emitir informes técnicos y jurídicos así como poner de manifiesto el expediente a los propietarios del inmueble, a los ocupantes y a los titulares de los derechos reales. También deberá emitir información pública, notificar las declaraciones de ruina u órdenes de ejecución, redactar el proyecto para las ejecuciones subsidiarias o demoler la edificación. La Diputación deberá también, si así se requiere, elaborar la liquidación de los costes del derribo subsidiario por los gastos ocasionados como consecuencia de la demolición así como cualquier otra actuación material necesaria para la tramitación del procedimiento de declaración de ruina u orden de ejecución.