La Acusación Particular se mostró satisfecha con la sentencia aunque como destacó el letrado que representa a la víctima "a ella lo que le preocupa es cobrar y no tenía interés en que le condenaran". Este fallo llega tres años después de que ocurrieran los hechos, cuando esta mujer jubilada se trasladó a vivir a Zamora con la intención de adquirir una vivienda. Fue la perjudicada la que se puso en contacto con el acusado, M. S. B., según recogen los hechos probados de la sentencia, con el que suscribe un contrato privado en virtud del cual el promotor se comprometía a vender a la víctima un inmueble en la calle Fray Toribio de Motolinia y se establecía como condición que que vendiera el apartamento de Torrevieja que tenía la mujer en propiedad. Después de las largas del promotor, es la misma perjudicada la que tras solicitar una Nota Simple en el Registro de la Propiedad comprueba que el inmueble y el edifico están hipotecados.