El Juzgado de Instrucción número cuatro de Zamora ha dictado la primera sentencia en la provincia referente a la devolución, por parte de Bankia, de la cantidad invertida por un accionista cuando la entidad financiera salió a bolsa. Bankia deberá reintegrar 3.000 euros al accionista y pagar los intereses legales del dinero desde la fecha de adquisición de las acciones. A cambio, el comprador devolverá los dividendos obtenidos. El juicio ha sido ganado por el bufete de Antonio del Castillo.

En cuanto al fondo del asunto, la jueza Esther Fernández argumenta que la compra se llevó a efecto en aras a la información difundida por la entidad, que reflejaba una situación "buena y saneada". Sin embargo, la jueza considera probado que "la contabilidad falseada no se correspondía con la verdadera situación económica de la entidad".

La magistrada subraya que "no estamos ante una situación similar a la de las preferentes" puesto que el funcionamiento del producto que ahora se juzga, acciones, es de sobra conocido por los inversores. Sin embargo, la información que apoyaba una compra razonada de las acciones era "inveraz". Esto "puede elevarse a la categoría de hecho notorio" puesto que no solo ha llevado a los tribunales a los accionistas engañados sino que "existe una investigación de las eventuales responsabilidades en el orden penal" para los administradores de la entidad financiera.

En su argumentario la magistrada repasa los hechos que sucedieron a la salida a bolsa de Bankia. Después de que comenzara la cotización, en mayo de 2012, Bankia presenta unas cuentas "con 309 millones de euros de beneficio, lo que en apariencia era congruente con los resultados publicados en la salida a bolsa. El 7 de mayo el entonces presidente, Rodrigo Rato, dimite y la nueva dirección presenta unas cuentas ya auditadas en las que se reflejan unas pérdidas de 3.031 millones de euros".