La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Zamora ha condenado a Caja España Duero, hoy Banco Ceiss, a devolver a una mujer, viuda de 92 años de edad, la cantidad de 87.000 euros que contrató en obligaciones subordinadas en junio de 2010,y ordena pagar además los intereses y las costas del procedimiento. La sentencia, que promovió en nombre de la afectada el despacho de abogados de Antonio del Castillo, no es aún firme, y se puede recurrir ante la Audiencia Provincial. La juez estima que hubo «falta de información adecuada a la cliente minorista e inexperta en este tipo de producto», con independencia de que el mismo fuera un canje automático de otro producto similar que contrató en el año 2003. Y todo ello a pesar de que la mujer firmó en compañía de sus hijos. «La entidad bancaria no acredita haber proporcionado la suficiente y clara información precisa para haber evitado el error (de la actora) con las posibles consecuencias de no contratación de este tipo de productos o de haber podido dar orden expresa en contra del canje». Además, expone la juez, según la información remitida por la Agencia Tributaria, la denunciante «aparte del producto objeto de este pleito que supone un canje de otro anterior, la actor únicamente ha tenido cuentas corrientes, imposiciones a plazo y fondos de inversión». Por tanto, dice la juez «no cabe otro pronunciamiento que no sea estimatorio de la demanda» y declarando nulo el contrato.