Los artífices de las pintadas que inundan la capital zamorana con consignas y símbolos neonazis y fascistas podrían cumplir hasta tres años de cárcel por cometer un delito de apología del fascismo, contemplado en el Código Penal, que en su reforma, a punto de pasar a tramitación parlamentaria, castiga esa infracción con hasta cuatro años de prisión. En el nuevo texto se amplía el contenido de este artículo para incluir como delito la «trivialización» y el «enaltecimiento» de actos que «hubieran sido declarados probados por los Tribunales de Nuremberg, por la Corte Penal Internacional o por otros Tribunales Internacionales», es decir, de conductas xenófobas. Asimismo, se impondrán penas de seis meses a dos años de prisión a quienes «enaltezcan o justifiquen por cualquier medio de expresión o difusión» estos delitos.

En la actualidad, el otro artículo que castiga esas conductas, el 607, que data como el anterior de 1995, se refiere a los delitos de genocidio y recoge penas de entre cuatro y veinte años para quienes causen algún tipo de daño a otras personas «con propósito de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso». Las penas máximas, de 20 años, se establecen para quienes están imputados en casos en los que «se mata o agrede sexualmente a alguno de los integrantes de esos grupos»; «si se les causa alguna de las lesiones de mayor gravedad previstas en el Código Penal o si sometieran al grupo o a cualquiera de sus individuos a condiciones de existencia que pongan en peligro su vida».