El Ayuntamiento de Zamora va a tratar de impulsar la inspección técnica de los edificios de más de 40 años de antigüedad a partir de la nueva normativa de la Junta de Castilla y León que hoy entra en vigor y la creación de un grupo de trabajo para su desarrollo junto a otras capitales de la región, el Instituto de la Construcción y la Consejería de Fomento. La inspección técnica de edificios cogió cierto impulso en Zamora hacia el año 2006, merced a un decreto de la alcaldesa y la novedad de la normativa, pero pasado el tirón inicial la realidad es que han sido muy pocos los edificios que han cumplido con este requisito legal.

Los concejales del Ayuntamiento de Zamora Manuel Hernández (Obras) y Feliciano Fernández (Urbanismo) mantuvieron ayer en Valladolid, junto con otros responsables de capitales de provincia de la Comunidad, una reunión con el consejero de Fomento, Antonio Silván y representantes del Instituto de la Construcción para analizar la inspección técnica de construcciones (ITC), normativa que entra en vigor hoy mismo. En el transcurso de la reunión se determinó la creación de un grupo de trabajo, con un representante de cada ayuntamiento, de la Consejería y el Instituto de la Construcción, que priorizará la armonización de las ordenanzas municipales y creará una única aplicación en Internet disponible para todos los profesionales de Castilla y León. Los concejales zamoranos asistentes al encuentro, sin embargo, aseguraron desconocer si el Ayuntamiento de Zamora arbitrará una ordenanza específica para las inspecciones, como se ha hecho en otras ciudades, o se basará únicamente en la normativa autonómica. La nueva reglamentación sobre la inspección técnica de construcciones establece una evaluación periódica del estado de conservación obligatoria a partir de los 40 años desde terminación de las obras, en todos los municipios de más de 20.000 habitantes (Zamora capital), y en los de uso residencial (excluyendo los unifamiliares) de más de 5.000 habitantes (Benavente y Toro), atribuye la obligación de inspección a los propietarios, se regula el contenido de la inspección, las atribuciones municipales y las actuaciones de los técnicos inspectores en el caso de detectar deficiencias. Aunque los responsables municipales asistentes al encuentro de ayer en Valladolid no disponían de datos sobre la cifra de inmuebles afectados, de acuerdo con la información ofrecida anteriormente por la Junta serían 18.172 viviendas de 7.737 edificios: 4.471 edificios con un total de 12.623 viviendas en Zamora capital, 1.424 edificios y 3.111 viviendas en Benavente y 1.842 edificios con 2.438 viviendas en Toro. Además se incluirían aquellos municipios con Plan General de Ordenación Urbana, lo que podría incluir a otras localidades de la provincia.

La normativa de la Junta que entra hoy en vigor regula la evaluación periódica del estado de conservación de las construcciones y se determinan las obras necesarias a realizar para «cumplir los deberes».

Mediante la modificación se establece la obligación de promover la inspección a los propietarios conforme a la normativa de propiedad horizontal, se concretan los plazos para llevar a cabo la inspección contados desde la terminación de las obras, 40 años para la primera inspección y 10 años para las sucesivas.

Contenido del informe

La normativa autonómica regula el contenido del informe de inspección con las pruebas, modelos y ámbito mínimo de inspección.

Los propietarios, obligados

La normativa también desarrolla el criterio de la legislación básica de exigir la subsanación de las deficiencias detectadas y se regulan las potestades municipales para controlar la aplicación de la inspección técnica a partir de la obligación de los propietarios de presentar en los ayuntamientos tanto el informe de inspección como la certificación, en su caso, acreditativa de las subsanación de las deficiencias.

Ejecución subsidiaria

Se prevé la posibilidad de que los ayuntamientos puedan llevar a cabo las inspecciones a costa de los propietarios, ante el incumplimiento por parte de éstos, y se ejecutará subsidiariamente la obra si no se llevan a cabo las intervenciones ante las deficiencias detectadas.

Técnico inspector

La norma contempla las instrucciones para la actuación del técnico inspector en el caso de que se detecten deficiencias que comporten riesgo para las personas, notificando simultáneamente tanto a los propietarios del inmueble como al Ayuntamiento.