Un zamorano no podrá conducir durante dos años y medio (30 meses) al ser condenado por segunda vez por circular al frente de su vehículo bajo los efectos del alcohol, con unas tasas de alcoholemia de 0,93 y 0,90 cuando fue sometido a la prueba por la Guardia Civil. Además, deberá abonar 1.620 euros en concepto de multa e indemnizar a la Junta de Castilla y León con 177.09 euros por los daños causados con su turismo cuando se salió de la calzada y colisionó contra una señal de tráfico, cuantía que la Administración regional ya cobró por parte del seguro del vehículo.

El zamorano, que fue detenido tras el accidente de tráfico que protagonizó a la altura de Monfarracinos, no pudo controlar la marcha de su automóvil en una recta, por lo que se salió de la calzada y volcó. El procesado por un delito contra la Seguridad Vial sufrió heridas graves en un hombro cuando tuvo lugar el suceso, el año pasado. Ayer se conformó con la condena que consiguió acordar su abogado con la fiscal, que en principio exigía una multa de 3.600 euros y la retirada del carné de conducir durante tres años.

La sentencia que dicta el Juzgado de lo Penal aplica la agravante de reincidencia, puesto que el hombre ya fue condenado por conducir bajo los efectos del alcohol, motivo por el que se le retiró el carné de conducir en su momento. Ahora deberá esperar a cumplir esta nueva sentencia para recuperar el permiso de conducir.