Las condenas judiciales consistentes en la realización de trabajos en beneficio de la comunidad, que evita la imposición de multas o penas de prisión por parte de los juzgados, no deben tomarse a la ligera. Así lo ha querido demostrar el Juzgado de lo Penal recientemente al asumir la petición del Ministerio Fiscal para que se impusiera una multa de 1.440 euros a un hombre que osó ausentarse durante más de dos días de los trabajos de mantenimiento estipulados en su momento por sentencia para castigar la infracción contra la Ley de Seguridad Vial cometida en diciembre de 2008 por el imputado.

Durante el reciente juicio, en el que el procesado se conformó con la multa de doce meses con una cuota de cuatro euros diarios (los 1.440 euros indicados) propuesta por el fiscal, se especificó que la infracción penal que ahora le volvía a sentar en el banquillo de los acusados era la de quebrantamiento de la condena. El hombre no acudió durante más de dos jornadas a las labores de mantenimiento que se le asignaron en Benavente para evitar una sentencia que incluyera una pena de cárcel o multa.