El Partido Popular ha presentado dos recursos de reposición, previos a la vía judicial, contra la enajenación de 127 parcelas de titularidad municipal que el Ayuntamiento de Toro pretende enajenar por un valor de 898.000 euros y que se extienden por una superficie que rebasa las 250 hectáreas. Su portavoz, José Luis Prieto, recordó ayer que el PP "siempre se ha opuesto a esta venta indiscriminada" de fincas rústicas que, a su juicio, no está justificada, por lo que la oposición ha decidido interponer dos recursos de reposición con los que pretende evitar que el equipo de Gobierno socialista "dilapide" el patrimonio de todos los toresanos.

El primero de los recursos presentados por los concejales populares se fundamenta en la "forma" en la que se ha tramitado el procedimiento de enajenación de las parcelas, documentación a la que la oposición ha solicitado tener acceso hasta en tres ocasiones y en la que, como matizó Prieto, debería haberse incluido un expediente de valoración. En este punto, subrayó que el procedimiento vulnera el artículo por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y que dispone que "será requisito previo a toda venta o permuta de bienes patrimoniales la valoración técnica de los mismos que acredite de modo fehaciente su justiprecio". El PP de Toro "teme" que este expediente de valoración de las fincas rústicas "no exista", a la vez que recordó que la documentación entregada a la oposición se basa en un estudio realizado por un ingeniero, en el que se detalla que "el objeto de este documento es inventariar, cartografiar y estudiar los posibles usos o aprovechamientos de parcelas". Del mismo modo, el grupo popular subrayó que el proceso de enajenación vulnera el artículo 114 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas que especifica que "la tasación deberá ser aprobada por el órgano competente para concluir el negocio correspondiente". En este caso, como puntualizó el portavoz de la oposición, es el Pleno el órgano que debe "concluir" el procedimiento administrativo iniciado que, de forma previa, debería haber aprobado el expediente de valoración de las fincas rústicas. De la Ley citada, según Prieto, también se ha vulnerado el artículo 138 que especifica que es necesario justificar debidamente que "el bien o derecho no es necesario para el uso general o servicio público, ni resulta conveniente su explotación". Asimismo, a juicio de los populares, el equipo de Gobierno ha vulnerado lo establecido en el informe de la secretaria de la Corporación en el que se especifica "la necesidad de justificar la conveniencia o necesidad de la enajenación, el destino de los recursos obtenidos y la forma de proceder". De esta manera, para el PP, el expediente se encontraba incompleto en el momento de la celebración del Pleno en el que fue aprobado, lo que "invalida la adopción de dicho acuerdo".

Con el segundo recurso, el PP solicita la impugnación de todos los acuerdos adoptados por el Pleno del Ayuntamiento en la sesión celebrada el 5 de abril, en la que fue aprobada la enajenación de las fincas rústicas. En este sentido, Prieto apuntó que para la correcta formación del Pleno se requiere la asistencia del presidente y del secretario de la Corporación o de quienes legalmente les sustituyan, pero en la sesión celebrada a primeros de abril, "en ausencia de la secretaria titular, la persona que la sustituyó mediante carácter accidental, no reunía los requisitos legales para dicha sustitución, lo que anula todos los acuerdos adoptados en el Pleno". Por último, Prieto recordó al alcalde, Tomás del Bien, que "la legitimidad de las urnas no da derecho a saltarse la Ley", a la vez que subrayó que cuando el PP accedió a la Alcaldía en 1999 el valor de los bienes patrimoniales del Ayuntamiento ascendía a 34 millones de euros y que en 2015 superaba los 130 millones.