El Ayuntamiento de Toro ha aprobado, con carácter definitivo, la ordenanza fiscal que regula el servicio de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos y la normativa reguladora de la tasa por visitas a monumentos de titularidad municipal. Ambas ordenanzas fueron aprobadas, con carácter inicial, en el Pleno extraordinario celebrado en noviembre, acuerdo que se eleva ahora a definitivo, después de que durante el plazo de exposición pública no se hayan presentado alegaciones. La ordenanza del servicio de recogida de establece la tasa que deben abonar los ciudadanos y negocios por la recogida, transporte y tratamiento de residuos y abarca los inmuebles incluidos en el censo del IBI.

En el caso de la segunda ordenanza, el hecho imponible de la tasa lo constituye la visita a monumentos municipales durante el horario preestablecido y con el acompañamiento de personal dependiente de la institución local. Los monumentos visitables incluidos en esta ordenanza son el Ayuntamiento, el Alcázar, el Hospital de la Cruz, el Teatro Latorre, la plaza de toros, dos palacios y tres bodegas históricas.