El Ayuntamiento de Toro ha aprobado, con carácter definitivo, la nueva ordenanza municipal reguladora de la publicidad exterior, mediante carteles, carteleras, vallas publicitarias o elementos luminosos, después de que durante el plazo de exposición pública no se hayan presentado alegaciones. El objeto de esta ordenanza es regular la publicidad exterior dentro del término municipal. Esta ordenanza delimita los lugares permitidos para la instalación de la publicidad y, tanto en el ámbito del casco histórico como en parques, jardines, suelo rústico protegido y espacios libres públicos, el Ayuntamiento prohibe toda clase de elementos publicitarios, salvo en vallas de obras de edificaciones de nueva planta o de rehabilitación total, en elementos de mobiliario urbano específicamente destinados a soporte publicitario y, de forma excepcional, podrán autorizarse carteles informativos con motivo de congresos, exposiciones, concursos y otras actividades.

En el caso de carreteras y travesías, fuera de los tramos no calificados como urbanos en el Plan General de Ordenación Urbana no se podrán instalar carteles y vallas publicitarias en tramos en los que se pueda perjudicar el tráfico rodado o se ponga en peligro la seguridad del viandante. En el resto del suelo del término municipal se permitirá la instalación de elementos publicitarios en lugares o instalaciones establecidas por el Ayuntamiento para este cometido.

La nueva ordenanza establece también las multas que el Ayuntamiento de Toro podrá imponer por el incumplimiento de las normas. Así, las infracciones leves podrán ser sancionadas con hasta 300 euros, mientras que las tipificadas como graves pueden alcanzar los 6.000 euros. Además de la sanción pecuniaria, en caso de falta grave, el Ayuntamiento podrá disponer la revocación de la licencia y la retirada de la cartelera.