El Ayuntamiento de Toro ha presentado alegaciones a la decisión de la Diputación Provincial de denegar 313.800 euros correspondientes a dos subvenciones comprometidas para la ejecución de las obras de construcción del campo de fútbol de Tagarabuena y de remodelación integral de la plaza Bollos de Hito. En cuanto a la ayuda concedida para el recinto deportivo, el equipo de Gobierno socialista alega en un escrito que el 4 de agosto de 2014, la Diputación y el Ayuntamiento de Toro suscribieron un convenio de colaboración por el que la institución provincial se comprometía a aportar 170.000 euros, que suponían el 39,4% de la financiación total del proyecto.

En las alegaciones presentadas, el Ayuntamiento pregunta a la Diputación cómo es posible que se adopte la resolución de inicio de pérdida del derecho a subvención con un decreto de 27 de octubre de 2014, cuando el vencimiento para la justificación de la misma data del 15 de noviembre del mismo año. Del mismo modo, el consistorio toresano ha alegado que, el 27 de octubre de 2014 se adoptó la resolución de iniciar el expediente de la pérdida del derecho a la subvención por importe de 143.807 euros concedida al Ayuntamiento para la ejecución de la obra del campo de fútbol, "a la vista del informe con reparo de fiscalización de fecha 16 de abril de 2015 de la Intervención", por lo que, el Gobierno local se pregunta "cómo puede dictarse un decreto en base a un informe de fecha posterior". Alegaciones similares, basadas en un desajuste de fechas sobre plazos, son las que ha remitido el Ayuntamiento a la Diputación y referidas al proyecto de renovación de la plaza Bollos de Hito, para el que también se comprometió una subvención de 170.000 euros. En este caso, el equipo de Gobierno demanda a la institución provincial una explicación sobre cómo es posible que se adopte la resolución de inicio de pérdida del derecho a subvención con un decreto de 27 de octubre de 2014 cuando el vencimiento para la justificación de la misma es de 25 de noviembre o de 31 de diciembre, "según las cláusulas 11 y 16 del convenio".

Del mismo modo expone su desacuerdo con que la subvención se haya presentado fuera de plazo, en base a que, al menos y en función del convenio suscrito entre ambas instituciones, la primera certificación de las obras se presentó en tiempo y forma.