El nuevo régimen de plantación de viñedos en España entra en vigor a partir del 1 de enero de 2016. El incremento de la superficie plantada no puede superar el 1% de la actual. Se podrá limitar, pero no prohibir, la superficie disponible para autorizaciones en las zonas amparadas por denominaciones de origen (DO) y otras figuras de calidad. Toro prácticamente ha cerrado ya la vendimia de este año con una producción que no llega a los 18 millones de kilos.

La vendimia de este año en la DO Toro, la última que se realiza antes de la entrada en vigor del nuevo marco comunitario que regulará el sector vitivinícola europeo en el periodo 2014-2018, se cierra con una producción sensiblemente inferior a la recogida el año pasado. No va a llegar a 18 millones de kilos, dos millones de kilos menos que en 2014.

Del global recolectado, 16,2 millones de kilos son de Tinta de Toro, 738.000 kilos de Malvasía, 450.000 de Verdejo y 255.000 de Garnacha. 58 bodegas han "encerrado" uvas repartidas en 5.400 hectáreas pertenecientes a 1.350 viticultores.

La coincidencia es generalizada y aquí no hay discrepancias entre viticultores y vinicultores: la calidad de la uva es excepcional, con unas condiciones sanitarias difíciles de igualar. "Este año -asegura un agricultor de Sanzoles- no hubiera sido necesario ni un tamo de azufre".

La ausencia de brotes de oídio y mildiu ha sido posible por la sequía que, por contra, ha hecho que los racimos sean más pequeños de los normal. Esa circunstancia, en principio, no es mala porque las bayas son más pequeñas, pero proporcionalmente tienen más hollejo, donde se almacenan los "poderes" del vino -sobre todo taninos y antocianos- y se guardan los aromas.

El único problema es la merma de mosto que complica la elaboración de vinos "cosecheros", pero no así los que nacen en las bodegas industriales, con más recursos a la hora de equilibrar los elaborados. La añada 2015 puede volver a recuperar el calificativo de excelente, aunque todavía queda mucho camino por recorrer.

La vendimia de este año ha sido más corta que la de las últimas campañas y se ha desarrollado sin sobresaltos, ya que la lluvia solo ha aparecido en pequeñas cantidades y en un par de días, sin molestar demasiado las labores.

Otra vez se ha vuelto a repetir una campaña sin precio. Muchos viticultores han entregado el fruto sin conocer las cotizaciones y todavía, ahora, al final de la recolección, hay cierto secretismo al respecto.

La vendimia del año próximo ya se realizará con otro marco normativo que entra en vigor en enero e incluye las medidas del programa europeo de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola y que dictamina que todas las plantaciones desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2030 podrán ser plantadas o replantadas únicamente si se concede autorización en base a las condiciones establecidas en el reglamento comunitario.

Antes del 1 de febrero de cada año, el Ministerio de Agricultura fijará la superficie que se podrá conceder para autorizaciones para nuevas plantaciones, y que deberá ser superior al 0% y como máximo del 1% a nivel nacional de la superficie plantada de viñedo a 31 de julio del año anterior.

Se podrán limitar, pero no prohibir, las superficies disponibles para autorizaciones en la zona geográfica delimitada de una denominación de origen protegida o indicación geográfica protegida específica. Las solicitudes deberán ser presentadas entre el 1 de febrero y el 15 de marzo de cada año y tendrán prioridad los solicitantes con menos de 40 años.

Para poder replantar un viñedo arrancado a partir del 1 de enero de 2016, se deberá obtener una autorización de replanteo en los términos y condiciones establecidos en el reglamento comunitario. No se concederá ninguna autorización por el arranque de plantaciones no autorizadas.

Los viticultores que pretendan arrancar una superficie de viñedo, deberán presentar una solicitud ante la autoridad competente de la comunidad autónoma donde esté situada la superficie del viñedo a arrancar. La solicitud de arranque y la notificación de la resolución de arranque por parte de la comunidad autónoma, deberá producirse en la misma campaña.

Los derechos de plantación concedidos antes del 31 de diciembre de este año podrán ser convertidos en autorizaciones para la plantación de viñedos a partir del 1 de enero de 2016. Para obtener la autorización, el titular del derecho de plantación deberá presentar una solicitud de conversión de un derecho de plantación en una autorización.

Las comunidades autónomas deberán mantener su registro vitícola actualizado y se utilizará la información contenida en el SIGPAC. Deberán recoger en el registro vitícola la información relativa a las autorizaciones de plantación concedidas así como las plantaciones de viñedo realizadas sin autorización de plantación.

A partir de diciembre de este año no se podrán realizar transferencias de autorizaciones de plantación de viñedo concedidas de acuerdo al real decreto de 31 de julio de 2015 del Magrama, salvo determinadas excepciones.

El Magrama coordinará con las comunidades autónomas el establecimiento de mecanismos de colaboración e intercambio de información entre administraciones para el buen funcionamiento y gestión del régimen de autorizaciones de viñedo.

Cuando la autoridad competente tenga que garantizar el arranque de las plantaciones no autorizadas por sus propios medios, el coste deberá ser abonado por el productor y este coste se añadirá a la penalización aplicable.

Los productores que no utilicen la autorización que se les haya concedido durante el periodo de validez, incurrirán en una infracción leve, según lo previsto en la Ley de la Viña y el Vino.

El real decreto del Ministerio de Agricultura que regula el potencial de producción vitícola para las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el pasado 1 de agosto.