Un relato crítico e informativo sobre una experiencia personal en el que sin embargo hubo una extralimitación al proferirse "expresiones ofensivas", "insultos" o "insinuaciones insidiosas" que causaron "perjuicio" a la víctima, afectaron a su "honor" y se hicieron con ánimo de menoscabar su "fama" y "prestigio".

Es el argumento que expone la titular del Juzgado de lo Penal 1 de Vigo en la sentencia en la que condena a una viguesa por difamar al fotógrafo de su boda en internet "ofendida" porque el profesional se demoraba de forma injustificada en la entrega de unas fotos. La juez considera tanto a G.V.T.R. como a su amiga A.B.M., que la ayudó publicando un post en la red, autoras de una falta de injurias leves por las que las condena a multa -de 90 y 60 euros respectivamente a cada una de ellas- , a indemnizar con 3.000 euros al profesional y a publicar la sentencia en los foros donde escribieron y por tanto se "dio publicidad" a los comentarios: la red social Facebook y la página web especializada www.todoboda.com.

El fotógrafo fue contratado en 2009 por G.V.T.R. para realizar las fotos en la boda con su marido. El enlace fue en mayo de 2010, tras el cual la acusada se puso en contacto con él solicitando en un primer momento con "paciencia" una serie de fotografías. Pero el profesional, que estaba de traslado a Madrid, no le dio todas las que solicitaba.

Así tras un intercambio de conversaciones vía Facebook y correo electrónico en "tono despectivo y prepotente", y ante el hecho de que en marzo de 2011 aún no tenía las imágenes, la joven, "ofendida y acalorada por el modo en que el fotógrafo le respondía y dilataba la entrega", publicó en Facebook un texto en el que relataba lo ocurrido, pero en el que también difamaba al profesional al referirse a él como "sinvergüenza" o "tipejo" o acusándolo de acosar a una amiga. La mujer describía por ejemplo que las fotos "eran de pésima calidad" o que el ayudante del fotógrafo salía más en las imágenes "que los novios".

"Si entre todos nos unimos y se pasa la información podemos evitar que más incautos como nosotros se tropiecen con ese tipejo", escribió. Este texto fue igualmente reproducido por su amiga A.B.M. en www.todobodas.com. La juez considera que la divulgación de esta información "en los términos utilizados causó un perjuicio al fotógrafo, atendiendo al foro en el que se publicaba y a su ejercicio profesional".

Aunque la juez establece que hay "un real y efectivo ejercicio del derecho de información y crítica por parte de las acusadas", ya que hacen un "relato minucioso" de lo ocurrido, dice que se excedieron en este derecho "al usarse junto a la información expresiones ofensivas e insultos" que son "innecesarios", "hirientes" o "gratuitos". Pero estima que las injurias no alcanzan la categoría de delito porque son "livianas" : se producen en el marco de una relación tensa y también señala la juez que aunque la recién casada se extralimitó, las dilaciones injustificadas o la falta de explicación sobre la entrega de las fotos justifican hasta cierto punto su "exceso".

La abogada defensora de A.B.M., Fernanda Malvar, dijo ayer que no están conformes con la condena "de la responsabilidad civil" ni en que los hechos sean siquiera constitutivos de "falta". "Lo interesante es que la sentencia demuestra que los hechos narrados por las jóvenes son reales, aunque se excedieron en expresiones; pero tienen todo el derecho a hacer comentarios, sobre todo en un foro de opinión como el de bodas".