Nos situamos en el año 1540 para conocer que hacían los regidores municipales de Zamora para la buena gobernación del vecindario. En el mes de octubre de aquel año celebraron reuniones para redactar las ordenanzas que habían de regir la ciudad. También acordaron que los nombramientos se verificaran el día primero de cada año, eligiendo dos procuradores, ocho diputados que representaran los derechos del común y dos regidores que tomaran las cuentas a los que cesaran en su cometido.

Así mismo, decidieron el nombramiento de cuadrilleros y determinaron que en la ciudad no hubiera más de diez "ganapanes" a los cuales se daría por distintivo una caperuza de Palencia blanca y colorada, sentando sus nombres en el Regimiento, con prevención de que ningún otro usara el oficio, so pena de cien azotes. El "ganapán" era el hombre que se ganaba la vida llevando recados o transportando bultos de un lado a otro.

En aquella ocasión, eran en Zamora muchos los pobres forasteros que se habían refugiado aquí y el Regimiento (Ayuntamiento) acordó prohibir que imploraran limosna los extranjeros a los que reunió en el convento de San Francisco "extra pontem", socorriéndolos con una libra de pan y dos maravedíes, con cuyo socorro debían marcha a sus pueblos. Para llevar a efecto la prohibición se estableció guardia en el puente romano, impidiendo de esta forma que los pobres dieran la vuelta hacia Zamora.

Controlar a los pobres y mendigos ha sido siempre preocupación de los munícipes en todo tiempo y digo controlar, que no resolver el grave problema que es la pobreza. Las Ordenanzas Municipales de Ayuntamiento de Zamora, de 1888, que han estado en vigor durante más de cien años , dedican capítulos enteros al control de la vida de mendigos y "ganapanes"; el capítulo XIII de esta norma municipal prohíbe mendigar por las calles de la ciudad "a los pobres que no sean naturales de ella o estén establecidos en concepto de vecinos"; a los pobres forasteros se les devolverá a su pueblo pasados dos días. Además, dice la ordenanza que para pedir limosna los pobres de la capital deben tener licencia escrita de la Alcaldía y llevar visible una chapa con el número correspondiente que exhibirán a los Agentes que se lo reclamen. Respecto de los "ganapanes", en el capítulo XVI, la Norma los denomina "mozos de cordel" y establece que deberán obtener licencia municipal y que además llevarán una placa metálica con el escudo del Ayuntamiento; dice también este capítulo que "los mozos de cordel no podrán oponerse a que otros individuos que no sean de su oficio se dediquen a transportar efectos y cargar y descargar animales o carruajes".

Resumiendo, siempre han existido pobres y ricos.