Apenas 20 minutos bastaron al portavoz del jurado del caso Asunta para leer el acta de votación y deliberación que marcará un antes y un después para Rosario Porto y Alfonso Basterra. De forma contundente, lo primero que escucharon ambos fue que los integrantes del jurado "por unanimidad" los encontraron culpables "de haber dado muerte a su hija sin posibilidad de defenderse". A continuación comprobaron que el jurado no es "favorable" ni al indulto ni a la suspensión de la pena para ninguno. El grueso de la exposición del portavoz del jurado fue para desgranar, uno a uno, los hechos que consideran probados (aseguran que no encontraron "hechos no probados") y los medios de prueba que les permitieron llegar a cada conclusión. Del cuestionario de 21 apartados, el jurado ve "probados" el 1, el 4, el 7, el 9, el 12, el 14 y el 15. Casi todos mencionan a los dos acusados.

Hecho 1: la sedación previa durante meses. El jurado ve "probado" que los acusados, "de común acuerdo, suministraron repetidamente, al menos desde tres meses antes del fallecimiento, a su hija un medicamento que contenía lorazepam" y que "en ejecución del plan acordado", Basterra "retiró" al "menos 125 comprimidos de Orfidal". Para argumentarlo, los jurados se basan en las declaraciones de profesoras de música de Asunta que la vieron con síntomas de sedación, las recetas del fármaco o informes forenses o toxicológicos. "Ambos padres", alega el jurado, "reconocen haber llegado a un acuerdo para administrarle un antihistamínico para la alergia" a la niña, "sin embargo ambos delegan responsabilidades a la hora de concretar quién" se lo dio. Añaden que la madrina o la cuidadora de la niña dicen que tenía "una salud excelente" y que "es lorazepam y no antihistamínico el medicamento suministrado por los padres" según el informe sobre el cabello de la niña. Además, comentan que les "parece extraño que las adquisiciones de lorazepam" por Basterra "coincidan" con los episodios de sedación de la víctima y llaman la atención sobre la "contradicción" existente entre las declaraciones de los dos padres y la de la cuidadora sobre dónde durmió la niña el día 18. Es "otro episodio", señalan, "que nos demuestra que actuaron de mutuo acuerdo".

Hecho 4: el lorazepam administrado en casa de Basterra. El jurado considera "probado" que el 21 de septiembre de 2013 los acusados "puestos de común acuerdo para acabar con la vida de su hija, comieron con ella en el domicilio" de Basterra "y le suministraron una cantidad de medicamento que contenía lorazepam, necesariamente tóxica, para posteriormente, cuando hiciera efecto, asfixiarla". Se basan en las declaraciones de ambos acusados, la grabación de la cámara que muestra a la niña dejando la casa de su padre y las periciales sobre el contenido de lorazepam en su cuerpo. El jurado entiende que los tres estuvieron juntos entre las tres y las cinco y que "en este período de tiempo se le habría administrado" la sustancia.

Hecho 7: el viaje a Teo de Rosario con Asunta. También ven "probado" que Porto, "ese mismo día, siguiendo el plan acordado" con Basterra "después de las 18.15 horas llevó a su hija a la casa familiar" en Montouto en su Mercedes. Para argumentarlo se apoyan en las cámaras de Galuresa revisadas por uno de los agentes de la Guardia Civil aparte de la propia declaración de Rosario Porto.

Hecho 9: la asfixia de la niña. "En un momento entre las 18.33 y las 20.00 horas, en la casa de Montouto los acusados asfixiaron a su hija Asunta por medio de la comprensión que le aplicaron sobre la boca y la nariz", afirma este apartado que da por "probado" el jurado. Es uno de los puntos que más explicaciones les obligó a dar. Incluso el fiscal matizó su escrito tras la vista para incluir la posibilidad de que Porto asfixiase sola a Asunta. Pero el jurado da especial relevancia a la joven que dijo ver a Asunta con su padre esa tarde.