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La lección del inglés

Hay que reconocer que el asunto de Gibraltar fue algo vergonzoso desde el principio y su planteamiento fue poco comprensible para un observador objetivo e imparcial.

 
La lección del inglés
La lección del inglés 

JOSÉ LUIS MARTÍN RODRÍGUEZ Y, partiendo de ahí, se ha sucedido una cadena de despropósitos, hasta llegar al momento actual, de verdadera locura. Comenzaremos por el principio:


Al fallecer Carlos II «el Hechizado» sin descendencia, se declararon aspirantes al Reino de España dos pretendientes: Felipe, nieto del rey de Francia Luis XIV («el Rey Sol») y Carlos proveniente de los gobernantes de Austria. El conflicto degeneró, como ocurre con frecuencia, en una guerra civil, que se ha llamado Guerra de Sucesión. Entre las ayudas a los candidatos estuvo Inglaterra, que acudió en ayuda del austriaco. Ganó la guerra el francés que subió al trono español con el nombre de Felipe V. Pues bien; Inglaterra, partidario del pretendiente austriaco, obtuvo, en virtud del Tratado de Utrecht, Gibraltar y Menorca. Parece una contradicción: quien viene a ayudar al derrotado sale victorioso en los resultados de la contienda. Menorca fue recuperada por España en un conflicto posterior. Gibraltar sigue desde entonces en poder de Inglaterra. Y eso a pesar de las voces de los españoles, que lo han reivindicado en frecuentes ocasiones.


Según es del dominio general -y esto es muy interesante- el Tratado de Utrecht daba a Inglaterra la posesión del nudo peñón de Gibraltar, es decir, sin dominio alguno sobre aguas del Mediterráneo y sobre los terrenos colindantes. No obstante, a lo largo de los años, han ido ocurriendo actuaciones que exigían dominio más amplio que lo señalado en el Tratado: Se ha establecido un aeropuerto en terrenos supuestamente españoles; hay un puerto en el que han recalado hasta petroleros contaminantes? y se ha proclamado una soberanía casi de país independiente, aunque se respete la autoridad de Su Majestad la Reina del Reino Unido.


España ha ido cediendo en estas cosas; se han dado épocas diferentes con relación a la «verja» que señala la frontera entre el peñón de Gibraltar y España; se ha establecido una vigilancia más o menos rigurosa, por parte de nuestro país, del acceso marino, para evitar la manifiesta entrada en España, por ese conducto, de sustancias prohibidas?


El último episodio, en cuanto al respeto de nuestra soberanía sobre las aguas que circundan el peñón, ha tenido lugar hace muy pocos días y, también, hace muy pocos meses: La bandera española, pintada sobre boyas, ha sido objeto de «tiro al blanco» desde barcos de Gibraltar; naves de la Guardia Civil han sido amenazadas por patrulleras del peñón; y -lo que ya sería el colmo-, según testimonio de algún miembro del Instituto Armado, en estos últimos días, las autoridades españolas han dado orden (no por escrito, claro está) a la Guardia Civil de que no patrulle en una distancia de milla y media (desde el peñón) de las aguas que son españolas, «para evitar conflictos con las autoridades de Gibraltar»? El Ministerio del Interior español ha negado la existencia de esta orden. Es natural; por eso no ha sido «por escrito», como se la exigió un miembro de la Guardia Civil en el caso de la saharaui hace unos meses con peligro de su puesto. Todo esto nos lleva al título del artículo.


En su obra «El Mercader de Venecia» Shakespeare nos presenta un caso de perfecta aplicación. El poderoso naviero Antonio acepta un contrato con el usurero Silok en virtud del cual, si no satisface sus deudas, el usurero se cobrará con una libra de carne del deudor. Llegados a juicio, Porcia de Belmonte, actuando de abogado defensor de Antonio, resuelve el caso apelando a un estricto cumplimiento del contrato: El judío Silok tiene derecho a una libra de carne y puede cobrarse; pero no tiene derecho ni siquiera a una gota de sangre y, al cortar la carne, será inaceptable derramar una sola gota de sangre. Ante la imposibilidad de cortar carne sin producir sangre, el usurero se vio obligado a condonar la deuda del dueño de la flota perdida.


Si España, sobre todo en los tiempos en que podía tratar «de tú a tú» a cualquier país, europeo o de cualquier parte del mundo, hubiera aplicado la lección de Shakespeare en «El Mercader de Venecia», la colonia inglesa de Gibraltar hubiera durado muy poco tiempo. El Tratado de Utrecht daba a Inglaterra dominio sobre el peñón; pero ese pequeño territorio no podría proveerse por mar, del que no disponía, ni por tierra si no era a través de una frontera que España podría establecer onerosísima o, incluso, insalvable. Y, ya en los tiempos modernos, hasta el aire les resultaría intransitable, incluso con helicópteros cuyo helipuerto estuviera en la plaza mayor de Gibraltar. La razón es clara: las naves aéreas deberían surcar el espacio aéreo español de tierra o de las aguas territoriales. Negando el permiso de cruzar ese espacio aéreo, el peñón de Gibraltar estaría sometido a sobrevivir con lo que produjeran los peñascos, sin carne y sin pesca, a no ser cazadores o pescadores furtivos que violaran la frontera terrestre o se sumergieran en las aguas territoriales españolas que lamen la tierra del peñón. Al Silok inglés se le podría decir: «El Tratado te concede el peñón de Gibraltar; pero no te da derecho ni sobre un milímetro de territorio español, ni sobre un litro del agua del Mediterráneo, ni sobre un metro cúbico del aire español, sea terrestre o marino».


La pregunta, de respuesta fácil, sería: ¿Duraría mucho tiempo en esas condiciones la colonia británica, la última entre países que se dicen «amigos»?

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