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HEMEROTECA » |
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JOSÉ LUIS MARTÍN RODRÍGUEZ En cuanto a la Ley del Menor, tenemos el caso escandaloso del, entonces menor, implicado en el caso «Sandra Palo». Es razonable que «una chiquillada» cometida durante la minoría de edad sea tratada con cierta benevolencia y hasta se llegue a la resolución de «borrar» esa chiquillada del expediente del chiquillo que la cometió. Pero lo que se perpetró contra aquella chica, llamada Sandra, no fue una «chiquillada»; fue una «salvajada» en toda regla y el procedimiento subsiguiente a un refinamiento de imaginación delictiva. No se trata de una pequeña sustracción o, incluso, un atraco a una joyería con rotura, escalo, amenazas? etc. llevados a cabo por «chiquillos» que quieren satisfacer un capricho y no pueden hacerlo con la consignación ordinaria de sus padres. Se trata de violación, atropello repetido, quema de una persona viva? Parece una auténtica barbaridad que esos hechos queden en el olvido absoluto dentro del expediente de una persona acusada y condenada por tales hechos. De acuerdo en que nadie debe estar condenado a que se pueda recordar a lo largo de toda su vida, intachable después de un sincero arrepentimiento, una «calaverada» que cometió siendo un «chiquillo»; pero llegar hasta «borrar por completo» algo tan brutal como lo que se cometió con Sandra Palo? La Ley del Menor tiene que ser reformada con una dosis grande de sentido común y poniendo en los platillos de la balanza todas las consecuencias para el «menor» implicado, para las víctimas de sus actos y para la sociedad en la que viven y que está expuesta a sus «ocurrencias». Los menores de hoy (lo demuestran los repetidos casos delictivos) no son los ingenuos chiquillos de antaño, cuyas inocuas chiquilladas se quedaban en actos que provocaba risa en unos y muy temporal indignación en quien las sufría, porque no pasaban de unos daños muy tolerables. El que tiene capacidad para matar como un mayor debe tener capacidad para ser castigado como un mayor, aunque -como en todo juicio- se consideren todas las circunstancias, sobre todo las atenuantes. Y que, a lo largo de su vida, conste lo que llevó a cabo; con la nota favorable, si ha lugar, de su sincero arrepentimiento y cambio radical de conducta.
La segunda Ley, arriba mencionada, está teniendo respuestas desafortunadas contra su ejecución y a favor de darle un valor exagerado. Lo primero no necesita comentario especial cuando se trata de una «Ley justa». Lo difícil es poder calificar como «justa» una ley, objetivamente injusta, aunque esté avalada por «la mayoría» de un Parlamento. Para mí, una decisión sobre la «humanidad» de un ser exige el pronunciamiento de personas cuyos conocimientos sobre genética y embriología humana estén «auténticamente» reconocidos. Confieso que no he podido examinar el Título de Médico Especialista en Genética de personas como la señorita Aído. Y la cito a ella porque fue quien dijo públicamente que en el feto había un «ser vivo»; pero no «un ser humano». Para una ley de esta naturaleza el Parlamento debería exigir el informe de una Comisión integrada por un grupo de sucesores reconocidos del fallecido Dr. Severo Ochoa. Permítanme que dude de los conocimientos en esta materia de un porcentaje muy elevado entre los componentes de ambas Cámaras. La última Ley del Aborto no ha tenido, en público, más defensores que unos pocos políticos y los dueños e interesados en la prosperidad económica de las clínicas abortistas, es decir, los que se lucran del aborto.
La proyectada Ley del Tabaco se demora; y tal demora no se debe a consideraciones respetables. Como en lo anterior, se atiende más de la cuenta a las objeciones de tipo económico que presentan los defensores de que se fume en los establecimientos de Hostelería. Y todo por la falta de consideración con que se deciden los temas que llegan a las Cámaras Legislativas. La Ley vigente se promulgó atendiendo, en parte, a la salud general; pero se incluyó una distinción en los metros cuadrados de los establecimientos. Ahora, con reclamación legítima, se quejan los dueños de los establecimientos que hicieron reformas atendiendo a los metros cuadrados. Y es que, en la tramitación de las Leyes, supuesta una necesidad y oportunidad, debe atenderse al bien general y a una real y racional escala de valores, dándoles el tiempo necesario para deliberaciones, sin precipitación ni coacciones o «negociaciones». La Ley no debe ser «negocio» para nadie, sino procuración del bien común. Si hay algo nocivo para la salud (y está demostrado que el tabaco lo es), debe legislarse su erradicación de la vida pública: que se perjudique a sí mismo el que quiera; pero que nadie tenga que inhalar el humo del tabaco y menos con el agravante de que haya pasado por los pulmones, sanos o dañados, de otra persona. Confieso que no he fumado desde una tarde cuando tenía diez años. Pero nunca he pedido a nadie que deje de fumar en mi presencia, a no ser donde estaba prohibido, p.ej. en clase. Dicho esto, reconozco y defiendo el «bien común» de la prohibición, como colaboración a la salud general en España.
Atacamos a los jueces; pero hay que reconocer que lo jueces, como ocurre con la «Ley del Menor» no hacen más que aplicar la ley, como es su obligación. El Poder Legislativo debe hacer bien su labor; el Ejecutivo limitarse a la suya y el Judicial cumplirá mejor su cometido cuando haya de aplicar «leyes justas y razonables» y no algo que hoy sale imperfecto de un Parlamento poco riguroso.
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