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Una aberración legal

Equiparar empadronamiento con asistencia y escolarización es puramente retórico

 
Una aberración legal
Una aberración legal  

ANTONIO CASADO Los Ayuntamientos de Vic y Torrejón, y otros que vienen poniendo inconvenientes al empadronamiento de inmigrantes ilegales, han destapado una aberración legal y administrativa. Me refiero al hecho de que la ley obligue al mismo tiempo a censarlos (Régimen Local) y a expulsarlos (Extranjería). Una cosa y su contraria. Expulsión en la Administración Central y blanqueo en la Administración Local. Fantástico.


Como no podía ser de otro modo, esa aberración produce monstruos. Monstruos verbales, al menos. Por ejemplo, cuando el presidente del Gobierno se rasga las vestiduras porque al inmigrante, legal o ilegal, se le niegue la asistencia sanitaria o la escolarización de sus hijos.


Demagogia barata de Zapatero al identificar censo municipal con reconocimiento de derechos humanos, cuya garantía de aplicación está por encima de las leyes, sean estatales o sean locales. Se reconoce a los inmigrantes esos derechos básicos pero se les niega el primero de todos: el derecho a buscarse la vida. Aunque esté luchando por la supervivencia, si es ilegal debe ser expulsado o encerrado en un centro de internamiento. Eso dice la ley. Vaya sarcasmo.


Por tanto, equiparar empadronamiento con asistencia y escolarización es puramente retórico. Sin censo también tienen derecho los inmigrantes a la asistencia sanitaria primaria y, si están en edad escolar, a la escolarización. Otra cosa es que el Ayuntamiento reclame justamente los fondos necesarios para prestar esos servicios que presta de hecho. Y otra completamente distinta es la legalización de esas personas o de los padres de esos niños. Eso le corresponde al Estado, vale, pero los Ayuntamientos también forman parte del Estado.


Es el caso que la política de extranjería y la normativa general dispone la expulsión de los inmigrantes ilegales. Una normativa que convive con la que permite a los Ayuntamientos censar a los ilegales con la simple presentación de su pasaporte, incluso aunque el propio pasaporte desvele que se encuentra en España como turista y, por tanto, por un período limitado, seguramente ya transcurrido.


La Abogacía del Estado, cuyas tesis han sido finalmente acatadas por el Ayuntamiento de Vic, vienen a recordar que corresponde al Ministerio del Interior, y no a los Ayuntamientos, decidir si un inmigrante está o no está en situación irregular. Es como decir que si maltratan a una anciana en la calle uno ha de pasar de largo porque eso es tarea de la Policía y no de los ciudadanos.


En conclusión, que es urgente resolver esa incongruencia legal y administrativa que dispone una cosa (expulsar) y su contraria (arraigar) en el mismo ordenamiento. Lo de conseguir que los partidos no utilicen la inmigración para apedrearse por razones electorales ya tiene más difícil arreglo.

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