Entre los pasados miércoles 21 y jueves 22 de diciembre, el Parlamento de Cataluña aprobó un paquete de tres leyes conocidas como Ómnibus. En lo que respecta al mundo del todoterreno, la nueva norma deroga varios preceptos de la Ley 9/1995 de Acceso Motorizado al Medio Natural, que impedía el uso de vehículos a motor en caminos de menos de cuatro metros de anchura.
Aunque inicialmente ha sido una grata sorpresa para los colectivos de usuarios de todoterrenos tanto nacionales como catalanes, desde el blog de Agentes Forestales se nos informa de que “no es oro todo lo que reluce”, ya que la nueva ley tan solo abre la posibilidad de que los titulares de los mencionados viales –ayuntamientos, autoridad forestal o comunidades vecinales, por ejemplo– soliciten a la Administración la autorización para permitir el tráfico de vehículos, realizando los trámites burocráticos pertinentes, señalizando adecuadamente las pistas e incluyéndolas en un inventario comarcal. Así que, mientras no se cumplan estos requisitos, la circulación de todoterrenos seguirá estando prohibida.