La campaña de la Renta 2016 que comenzó el pasado 5 de abril incluye una importante novedad: es la primera vez en 29 años que no se pueda recurrir al programa informático PADRE. La Agencia Tributaria impulsa así de forma definitiva el servicio Renta Web, que ya funcionó el pasado año.

Esta plataforma, que reúne las opciones del programa PADRE, permite elaborar la declaración de la Renta desde cualquier dispositivo con conexión a internet, accediendo con el número de referencia, la Cl@ve PIN, el certificado electrónico o el DNIe. Así, ya no es necesario descargar el programa e instalarlo en el ordenador, sino que bastará con hacer el trámite online.

Esto es todo lo que tienes que saber para hacer la declaración de la Renta 2016 por internet:

Plazos

Renta Web permite presentar la declaración desde el primer día de la campaña, el pasado 5 de abril y hasta el 30 de junio. A través del programa se puede solicitar el borrador y formalizar y mandar la declaración telemáticamente. El 26 de junio es el último día para quienes deben devolver dinero a Hacienda y van con domiciliación bancaria.

Datos necesarios

Para acceder a Renta Web, al borrador y a los datos fiscales, el contribuyente debe asegurarse de tener una clave válida. Ésta puede acreditarse de tres formas diferentes: con el número de referencia para la declaración, con el DNI electrónico o dándose de alta en el sistema de firma con clave de acceso, denominado Cl@ve PIN.

El número de referencia puede obtenerse en la web de la Agencia Tributaria. En la sección 'Renta 2016', un icono con el texto 'Servicio RENØ' guía al usuario, que deberá rellenar tres datos: el importe de la casilla 440 de la pasada declaración de la renta, el NIF y el número de móvil.

Con el DNI electrónico o la Cl@ve PIN se puede acceder al borrador o los datos fiscales a través de la web de la Agencia Tributaria.

Elaborar la declaración

Con cualquiera de los tres datos de acceso anteriores, el contribuyente ya puede ponerse manos a la obra. Para ello debe pinchar en el icono 'Renta WEB'. Servicio tramitación borrador/declaración', en el mismo apartado 'Renta 2016' de la web de la Agencia Tributaria. Al acceder, el servicio le pedirá para entrar uno de los tres datos anteriores: número de referencia, DNI electrónico o Cl@ve PIN.

Es importante revisar los datos del borrador, desde los personales (nombre, apellidos, NIF, estado civil o domicilio) y los económicos.

La Agencia Tributaria ofrece en su web manuales de ayuda.

Quienes solo tengan que confirmar el borrador una vez comprobados los datos solo tendrán que enviar la declaración.

Sin embargo, el borrador no incluye habitualmente muchos de los datos que gran parte de los contribuyentes só registran en su declaración: deducción por compra o alquiler de vivienda habitual, por planes de pensiones, deducciones autonómicas o de cualquier tipo y concepto. Es aquí donde reside la tarea realmente decisiva y que nos toca a nosotros cumplimentar.

Modificar o completar la declaración

Los manuales de ayuda de la web de la Agencia Tributaria facilitan la gestión de cualquier cambio, ya sean sobe la elección de la asignación a la Iglesia o fines sociales, la inclusión de deducciones, subvenciones, añadir hijos o ascendientes?

Enviar la declaración

Una vez que hayamos comprobado toda la información del borrador y completado la declaración con los datos pertinentes, es el momento de presentar la declaración. Para ello, pincharemos en la opción 'Validar'. Renta Web puede entonces sugerirnos algunos errores. Superado ese posible escollo, solo faltaría clicar en 'Guardar'.

Entonces es cuando podremos comprobar el resultado de la declaración, y lo haremos pinchando en la pestaña 'Resumen de declaraciones'. En este paso, con el resultado a la vista y si todo es correcto, todo está listo para presentar la declaración. Aquí Renta Web permite elegir entre enviarla directamente por internet a Hacienda o imprimirla para su presentación en papel.

Tras elegir entre esas dos posibilidades, aparecerá en el paso 'Devolución por transferencia', habrá que introducir el código IBAN de la cuenta bancaria. Si al contribuyente lo que le toca es devolver dinero a Hacienda, se verán por defecto marcadas dos opciones: 'Pago fraccionado' y 'Domiciliación de importe a ingresar'.

El paso final es 'Firmar y enviar' la declaración. Es aconsejable guardar una copia.