Los trabajadores que quieran alargar su vida laboral más allá de los 65 o los 67 años, que son las dos edades de referencia de la nueva reforma laboral del Gobierno, podrán incrementar su pensión un 3,5 % por cada año que quieran seguir trabajando, frente al 2 y 3% actual.

Por el contrario, los que quieran anticipar su retiro antes de su edad de jubilación tendrán un coeficiente reductor que recortará su pensión el 7,5% por cada año que adelanten su salida del mercado laboral, según el anteproyecto de ley de la reforma laboral aprobado por el Gobierno tras pactarlo con los sindicatos y la patronal.

En ningún caso, el recorte de la pensión que se les aplique a esos trabajadores superará el 42% del total, frente al 40% actual.

Al respecto, en la reforma se fija que los trabajadores con 63 años y 33 años de cotización podrán jubilarse anticipadamente si así lo deciden sin tener que ser despedidos, como sucede ahora.

Por tanto, la jubilación se flexibiliza con la reforma y deja de ser imperativa a los 65 años, como sucede ahora.

Así, la edad legal de jubilación se eleva hasta los 67 años, en cuyo caso para cobrar el 100% de la pensión se exigirá que se hayan cotizado 37 años; pero se mantiene también la posibilidad de jubilarse a los 65 y cobrar el total de la prestación, siempre que la cotización haya sido de 38 años y medio.

Para permitir a los trabajadores adaptarse a estos requerimientos su aplicación será gradual, entrará en vigor en 2013 y estará implantada completamente en 2027.

En el caso de la edad de retiro, la subida a los 67 años se va a hacer en dos tramos: el primero está comprendido entre 2013 y 2018, y el segundo entre 2018 y 2027.

Así, a quien cumpla los requisitos para jubilarse a los 65 en enero de 2013 sólo se le exigirá esa edad, mientras que en los años siguientes se le irá requiriendo anualmente un mes más hasta 2018, de tal forma que en 2018 deberá tener 65 años y 6 meses para jubilarse con la pensión completa.

A partir de 2018 se exigirán dos meses más por año para jubilarse con el 100% de la pensión, de tal forma que en 2027 la edad legal de jubilación habrá subido hasta los 67 años.

Menor plazo de adaptación, de 2013 a 2018, tiene el exigir los 38,5 años de carrera de cotización (frente a los 35 actuales) que requiere el jubilarse a los 65 años.

Lo acordado es que cada dos años se exijan 6 meses más de cotización: así en 2013 y 2014 se demandarán 35 años y 6 meses, en 2015 y 2016 se pedirán 36 años y en 2017 y 2018 se requerirán 36 años y 6 meses.

Lo que también aumenta, de forma progresiva, son los años que se tienen en cuenta para calcular la cuantía de la pensión, que pasan de los quince actuales a los 25.

No se modifica el tiempo que hay que cotizar para acceder a una pensión contributiva, que se mantiene en 15 años y por el que se cobra el 50% de la prestación.

Para los jóvenes la novedad que se introduce es que las empresas que los tengan como becarios podrán firmar un convenio especial con la Seguridad Social para cotizar por ellos.

Las mujeres también tienen un tratamiento especial en la reforma, puesto que por cada hijo que hayan tenido y que hayan cuidado interrumpiendo su carrera profesional podrán adelantar en nueve meses su jubilación a los 67 años.

El máximo que las mujeres podrán adelantar su salida del mercado de trabajo serán 2 años.