La realización de toda clase de obras como movimientos de lápidas, inscripciones en sepulturas y solados requerirán la obtención de la correspondiente licencia pero no el pago de ninguna de las tarifas de la ordenanza. Cuando se trate de la colocación de sarcófagos, construcción, rehabilitación o modificación de panteones u otros trabajos que precisen informe técnico o la realización de proyecto requerirán el mismo trámite que las licencias de obras y se liquidarán conforme a la nueva ordenanza, así como a la Reguladora del Impuesto sobre coste de Construcciones, Instalaciones y Obras.

Cuando las sepulturas de cualquier clase y en general todos los lugares destinados a enterramiento fueran desatendidos por sus respectivos familiares titulares o deudos, dando lugar a que aparezca en estado de ruina o abandono con el consiguiente peligro o mal aspecto, el Ayuntamiento de Muelas del Pan podrá proceder a la demolición, en el primer caso, y a la retirada de cuantos atributos y objetos se encuentren deteriorados o abandonados en el segundo, sin que en ninguno de los dos casos pueda exigirse indemnización alguna.

Se consideran exentos de pago los enterramientos procedentes de las instituciones de beneficencia y las inhumaciones que ordenen las autoridades. La ordenanza, una vez aprobada, pasara la exposición publica, antes de entrar en vigor, con vista a a la primavera. El cementerio de Muelas del Pan, construido sobre proyecto técnico del ingeniero Agustín González Miguel y presupuestado en 188.835 euros se contrató y ejecuto por 159.943 euros a la empresa Recorsa en el paraje de "Las Horreticas" hacia la zona de Villaseco del Pan: incluyéndose la urbanización, el acceso y una zona de parking.