La ordenanza municipal reguladora de la limpieza y desbroce de solares urbanos en el término municipal de Alcañices (Vivinera, Alcorcillo y Santa Ana) fue aprobada en pleno, siendo alcalde Tomás Carrión Carrión, el 21 de diciembre de 2012 y entró en vigor el 1 de febrero de 2013, tras pasar la exposición pública sin que se presentasen alegaciones.

La normativa municipal establece que "los propietarios o usufructuarios de terrenos y solares que se encuentren en el perímetro de 100 metros contados desde la última construcción de cada núcleo de población deberán mantenerlos rozados y limpios en su totalidad, y deberán hacerlo con la periodicidad en la que se necesite su limpieza, o bien que se aprecie que la maleza existente tiene riesgo de incendio, tanto para las viviendas como para la masa forestal.

Como infracciones muy graves se consideran la malicia o intencionalidad, irreversibilidad del daño causado y grave repercusión en los recursos naturales o deterioro de estos. En estos casos las sanciones podrán ir desde los 1.001 euros hasta los 2.000. Las infracciones graves se castigarán con entre 301 y 1.000 euros: "No proceder a la roza y limpieza de los terrenos y solares cuando se aprecie que la maleza supone un riesgo de incendio". En las infracciones leves la sanción irá desde los 50 a los 300 euros: "No limpiar o rozar los terrenos y solares y no proceder a la desinfección y la desratización una vez notificada la obligación de esta y transcurrido el plazo dado por el Ayuntamiento para ello". Cuando se reincida en las muy graves o no se cumplan las obligaciones el Ayuntamiento podrá afrontar medidas excepcionales con la limpieza subrogada a costa del propietario.