La Asociación de Municipios zamoranos afectados por embalses y centrales de producción hidroeléctricas afirma que "les ha llegado el gordo" tras una sentencia del Tribunal Supremo favorable al Ayuntamiento de Villalcampo sobre la tasación a la ocupación y aprovechamiento de suelo público que hacen las eléctricas -con los tendidos, torretas y infraestructuras- para transportar la corriente generada en los saltos hidroeléctricos.

Villalcampo consigue "la primera sentencia favorable del Supremo para un ayuntamiento de la comunidad de Castilla y León" según fuentes de la Asociación.

La sentencia del Supremo, dictada el miércoles, anula el fallo del Tribunal Superior favorable a Red Eléctrica Española (REE), y avala "al 100% el método técnico de cuantificación elaborado para tasar la ocupación privativa del dominio público", en este caso por parte de REE en el término de Villalcampo.

El municipio, que en un principio tasó la ocupación "en 300.000 euros", rebajó luego esta cuantía a 150.000 y, finalmente, hasta los 50.000 euros. El alcalde, el popular Miguel Ángel Martín, expresó ayer su satisfacción por el fallo judicial y afirmó que "con esos 50.000 euros se pueden hacer muchas cosas en el municipio".

"Ha llegado el gordo para los ayuntamientos de la Federación Nacional de Asociaciones y Municipios con Centrales y Embalses, que lleva muchos años de lucha por conseguir que los ayuntamientos pudieran cobrar una tasa a todas aquellas compañías que atravesaban nuestros términos con aparatosas infraestructuras" señalan fuentes de la Asociación. Añaden que "hasta la fecha ningún ayuntamiento ha logrado dar con un método de cuantificación que fuera declarado correcto por los tribunales". Esta sentencia llena de optimismo a los ayuntamientos por cuanto consideran que marcará una singladura "de fallos favorables" para todos los consistorios zamoranos que luchan por tasar el suelo y los vuelos ocupados por las infraestructuras eléctricas.

La Sala Contencioso del Tribunal Superior había estimado el recurso interpuesto por Red Eléctrica contra la ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Villalcampo, reguladora de la tasa por el aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica". El Consistorio interpuso contra este fallo un recurso de casación, estimado el miércoles el Tribunal Supremo. En sus fundamentos de derecho la sala sienta, entre otras conclusiones, que "al cuantificar la tasa no se trata de alcanzar un valor de mercado de suelo por el que discurren las instalaciones que determinan el aprovechamiento especial o el uso privativo del dominio público loca, sino el de la utilidad que esos aprovechamientos o usos reportan". Es por ello, dice, "que son admisibles todos los métodos que desemboquen en un valor que representa la utilidad en el mercado obtenida por el sujeto pasivo".

La sala añade que "no cabe calificar de inadecuado acudir para determinar el aprecio que corresponde a esa utilidad el valor catastral del suelo, que tiene siempre como límite el del mercado, valor catastral que en el caso de la ordenanza de Villalcampo es el rústico con construcciones, por ser de esta naturaleza el suelo por el que discurren las instalaciones".

Otros municipios zamoranos afectados por centrales y embalses de producción hidroeléctrica, que también tienen su caso en el Tribunal Supremo, confían en que las correspondientes sentencias sigan el mismo camino.