La Consejería de Fomento y Medio Ambiente publicó ayer la orden que regula los pagos compensatorios a percibir por los agricultores afectados por los daños y perjuicios ocasionados por la avutarda en las fincas comprendidas dentro de los límites de la Reserva Natural de Villafáfila.

Es, según se justifica, " una orden basada en los principios de necesidad de protección de la avutarda; y también de eficacia, pues este mecanismo se considera el más eficaz para conseguir la protección de la avutarda eliminando las causas de su progresiva desaparición e, incluso, posibilitando su recuperación, dado que no impone cargas administrativas innecesarias o accesorias y, en su aplicación, se tiende a la racionalización de la gestión de los recursos públicos". Se podrán acoger a estos pagos compensatorios las personas físicas o jurídicas que sean titulares de explotaciones cuyos cultivos hayan sufrido daños causados por avutardas en el ámbito de la Reserva.

Para poder ser perceptores del pago, las personas físicas o jurídicas deberán ser titulares de una explotación incluida en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León.

El importe de los pagos compensatorios por los daños a cultivos se establecerá en función de los precios de lonja en época de cosecha, y se estimará al final de su ciclo productivo, teniendo en cuenta en cada caso el porcentaje de daño causado en la superficie y el grado de nascencia del cultivo.

Comprobación

Las solicitudes se presentarán conforme al modelo normalizado que disponible en la sede electrónica de la Administración de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleón.jcyl.es). El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar la resolución será de seis meses, a contar desde el día siguiente al de la presentación de la solicitud.

Recibida la solicitud de compensación del siniestro producido, los funcionarios pertenecientes a la Escala de Agentes Medioambientales del Cuerpo de Ayudantes Facultativos, a la Escala de Guardería Forestal del Cuerpo de Auxiliares Facultativos de la Administración de la Comunidad de Castilla, el personal laboral fijo de la categoría de Celadores de Medio Ambiente y/o el personal designado por la Consejería competente en materia de especies protegidas para tal fin, comprobará los hechos y las circunstancias de los daños.