El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Puebla ha impuesto una multa de 180 euros al concejal de Galende, B. F. V., como autor de un delito leve de lesiones a un vecino de Ribadelago. El Ministerio Público calificó los hechos constitutivos de un delito leve de lesiones, recogido en el artículo 147 del Código Penal.

El juez considera que está probado que el pasado 29 de abril, al finalizar la sesión plenaria en el Ayuntamiento de Galende, B. F. se dirigió al vecino C. R. P., llegando a empujarle en al menos en dos ocasiones mientras amenazaba con pegarle. Con posterioridad, estaba esperándole a la altura de su vehículo, y le empujó de nuevo.

El denunciante declaró que tras salir del pleno y sufrir los empujones le dijo que si querían hablaban pero que no quería pegarse con él. Le empujó en dos ocasiones, la última casi los tiró al suelo.

Tras este enfrentamiento el denunciante se marchó. Cuando fue a recoger su coche el concejal se interpuso en su camino ofreciéndole unas tortas, y de nuevo le empujó dos veces sin que lo tira al suelo.

En ningún momento sufrió lesiones como quedó acreditado primero en la denuncia y posteriormente en el acto del juicio oral.

Otro concejal de la corporación, José Antonio Fernández, corroboró como testigo que le concejal salió del pleno enfadado por una votación, llegando a insinuarse y a apuntarle a él con el dedo. Se dirigió contra C. R. y lo empujó además de ofrecerle unas tortas. Se marcharon a un bar y cuando salieron el concejal le esperaba junto al coche. Un segundo testigo ratificó los empujones del concejal hacia el vecino de Ribadelago. El concejal negó los hechos y solo reconoció que hubo una discusión en la que llegó a tocar al denunciante, pero porque se vino a él. Negó también que le amenazara con darle unas tortas "le puso la manos en el pecho sin más". La sentencia, notificada el pasado mes de septiembre, impone las costas al denunciado.