La Junta de Castilla y León autorizará quemas de rastrojos de cereales solo en las comarcas de Benavente-Los Valles, Campos-Pan y Duero Bajo; y dentro de estas zonas se excluyen las áreas declaradas ZEPA (Zona de Especial Protección de Aves) y ZEC (Zonas de Especial Conservación). Es decir, no se permite en Llanuras del Guareña, Lagunas de Villafáfila, áreas de Tierra del Pan, de la Penillanura Campos-Sur y los Cañones del Duero.

Así lo establece la Orden de la Consejería de Agricultura publicada ayer, por la que se autorizan las quemas de rastrojo como medida fitosanitaria para la lucha contra las plagas. Una medida insistentemente reclamada por las organizaciones agrarias, convencidas de que los insecticidas y herbicidas no están siendo efectivos ni en el manejo de las explotaciones ni en el control de las plagas.

Por ello la reivindicación de esta práctica controlada aunque "debería haberse autorizado antes" y, una vez conocida en detalle, es considerada "insuficiente" según la Alianza Upa-Coag. Si bien esta organización da la bienvenida a las autorizaciones, cuestiona la exclusión de zonas de la provincia que "ocupan una importante superficie en comarcas tradicionalmente cerealistas donde las malas hierbas y las plagas de insectos se alojan que se alojan en los restos de cosecha se han hecho endémicas".

Salvo notificación contraria por parte de la Delegación Territorial, la quema de rastrojos podrá efectuarse a partir del sexto día natural al de presentación de la solicitud y respetando el calendario establecido, que en la provincia de Zamora fija fechas determinadas, entre el 28 de octubre y el 1 de diciembre.

En Benavente-Los Valles se podrá quemar los días 28 de octubre y 4, 10, 16, 22 y 28 de noviembre. En Campos Pan el 29 de octubre y el 5, 11, 17, 23 y 29 de noviembre. Y en Bajo Duero el 2, 8, 14, 19 y 25 de noviembre y el 1 de diciembre.

No podrán realizarse las quemas en rastrojos situados a menos de 400 metros de una masa forestal o de cualquier zona urbanizada, así como a menos de cien metros de una carretera o vía férrea.

De acuerdo con la Orden de la Consejería de Agricultura, la superficie a quemar afectará "como máximo" al 25% de la superficie de cereal declarada en la PAC en la campaña 2016 por cada solicitante. La quema, que estará prohibida cuando la velocidad del viento sea superior a los 15 kilómetros/hora, se podrá comenzar una hora después de la salida del sol y deberá quedar extinguida dos horas antes de la puesta. Deberán realizarse cortafuegos a 3 metros alrededor de la zona a quemar, que aumentarán a 5 cuando la superficie supere las 20 hectáreas.

Además deberán estar "al menos" 3 personas con herramientas útiles para la extinción y disponer de un móvil en el caso de que sea necesario llamar a emergencias (112). Igualmente queda prohibida la quema de ribazos, regatos, cunetas, árboles aislados o bosquetes que existan en el interior de la zona a quemar o en sus lindes.

En este sentido, "para que las quemas fuesen más efectivas en sus resultados", la Alianza Upa-Coag había solicitado a la Consejería "la posibilidad de que se extendieran también a cunetas y a otras zonas perdidas colindantes con los rastrojos", que finalmente no se han permitido.

Por ello la organización agraria considera que será un porcentaje "más bien reducido, en torno al 5% de las hectáreas, las que finalmente se acogerán a la medida -la Orden permite un máximo del 25% de la superficie de cereales por explotación-". Por ello insta a los agricultores al "cumplimiento riguroso" de los requisitos y condiciones que establece la Orden, tanto por la prevención de incendios como para evitar las posibles sanciones y penalizaciones en ayudas por condicionalidad y en ayudas agroambientales.

Por su parte, el Colegio de Ingenieros de Montes de Castilla y León ha emitido un comunicado sobre la Orden apuntando que, si bien presenta "suficientes" medidas técnicas para quemar de forma segura, sin embargo "no establece ningún sistema de control administrativo o sobre el terreno". La "falta de mecanismos" se concreta en que no hay nada previsto para que el 112 y los operativos de extinción puedan distinguir una quema autorizada de un incendio "porque no parece haber un sistema de comunicación a estos organismos de las autorizaciones concedidas en cada término".

El Colegio de Ingenieros de Montes apunta además que "no hay medios suficientes para comprobar sobre el terreno que las quemas autorizadas estén cumpliendo sobre el terreno los requisitos previstos en la Orden, de forma que lo que sobre el papel es correcto y seguro, en la práctica puede no serlo. El día que toca quemar en una comarca el número de quemas va a ser muy superior al de agentes para controlarlas".

Este colectivo profesional advierte que "se desconoce" si se ha previsto un refuerzo de los medios de extinción en los ayuntamientos y la Diputación "para atajar las quemas que escapen del control, especialmente las que puedan a afectar a cascos urbanos, carreteras y montes".