El municipio de Fonfría de Aliste ha estrenado la ordenanza reguladora de explotaciones apícolas, lugar donde se asientan todas las colmenas, repartidas en uno o varios colmenares, de un mismo titular con independencia de su finalidad o emplazamiento. El número máximo de explotaciones para autoconsumo familiar se establece en 15; de 16 a 149 se califica no profesional y a partir de 150 se cataloga de profesional.

En ningún caso los asentamientos podrán sobrepasar las 70 colmenas y "se instalarán los puntos de agua que sean necesarios a fin de evitar que se produzcan molestias en piscinas y otras fuentes de agua de posibles vecinos".

Así mismo las colmenas deberán asentarse a un mínimo de 400 metros de los cascos urbanos de los pueblos y núcleos de población, a 20 de la Nacional 122, a 100 de viviendas rurales habitadas, a 50 de carreteras comarcales y a 25 metros de vías pecuarias.

En cuanto a la trashumancia, abejas que no pertenezcan a explotaciones del municipio y estén situadas en fincas particulares dentro del mismo, será imprescindible la consiguiente comunicación medioambiental de la actividad anualmente al ayuntamiento y el pago de las tasas correspondientes. Los vecinos del municipio tendrán una bonificación del 75% en la cuota oficial que se ha fijado en 3 euros por colmena "estante" y 4 para las "trashumantes".

El incumplimiento de la nueva normativa municipal puede llevar a sanciones de hasta 1.000 euros, en función de la gravedad de los hechos, pudiendo el Ayuntamiento de Fonfría proceder a ordenar la retirada de las instalaciones de la actividad apícola.