El Ayuntamiento de Mahíde ha puesto en vigor la ordenanza reguladora de la limpieza y desbroce de fincas y solares en el termino municipal de Mahide, Pobladura, San Pedro de las Herrerías, Boya y Las Torres. Se regulan "las actividades y comportamientos de los administrados relativas al necesario cuidado medioambiental y sanitario al objeto de conseguir un adecuado estado de limpieza y conservación de las fincas y reducir el riesgo tanto de producción como de propagación de incendios".

Los titulares de los terrenos, fincas y solares y especialmente los incluidos en el casco urbano definidos de las poblaciones del municipio, los próximos o contiguos a las edificaciones o los que sean susceptibles de producir daños por un inadecuado estado de conservación deberán mantenerlos limpios para evitar la aparición de maleza y reducir el riesgo de incendios.

Igualmente deberán proceder a la desinfección o limpieza de los mismos para prevenir la aparición de focos epidémicos o infecciosos. Cualquier persona física o jurídica podrá denunciar ante el Ayuntamiento cualquier contravención de lo previsto en esta ordenanza. Las obligaciones derivadas del incumplimiento de las obligaciones señaladas en la misma serán exigibles no sólo por los actos propios de carácter voluntario, sino por las omisiones o por los actos provocados por las personas de quien se deba responder en Derecho.

Se consideran Infracciones leves: No proceder a la limpieza o roza de los terrenos señalados por el Ayuntamiento y una vez notificada la obligación y transcurrido el plazo señalado, o efectuarlo de manera incorrecta o defectuosa a los fines previstos o, en su caso, no proceder a la desinfección o limpieza ordenadas.

Cuantías

Las cuantías de las sanciones, sin perjuicio de exigir, cuando proceda, las responsabilidades de carácter penal o civil correspondientes, por las infracciones leves será de 50,00 euros hasta 300,00 euros. Infracciones graves desde 301 euros y hasta 1.000 euros. Infracciones muy graves desde 1.001 euros hasta 2.500 euros.

En cuanto a la ejecución subsidiaría en los supuestos de incumplimiento de las obligaciones de existencia racional de riesgo por peligrosidad de incendio o infección comprobada, el Ayuntamiento de Mahide podrá proceder a la adopción de aquéllas medidas protectoras y correctoras urgentes e imprescindibles que se consideren necesarias. Incluso la propuesta de adopción de medidas excepcionales por parte de otras Administraciones Públicas competentes en razón de la materia de que se trate, y así como incluso la subrogación en el cumplimiento por parte de los propietarios de sus obligaciones pudiéndose efectuar los trabajos y limpiezas necesarios mediante su ejecución subsidiaria y pasándole las costas de tales trabajos a sus obligados, con un coste máximo de 1,50 euros por cada metros cuadrado de superficie limpia, desbrozada o saneada.

Las sanciones y costes notificadas y no satisfechas en plazo por los obligados tributarios se harán efectivas por la vía de apremio.