La Junta aprobó ayer el decreto que regula el Plan de Conservación y Gestión del Lobo en Castilla y León, y que sustituye, aunque con muy notables parecidos, al vigente desde 2008. Deja claro que el río Duero define el estatus jurídico de la especie, cinegética al norte y estrictamente protegida al sur, conforme dispone la Directiva Europea Hábitats. La Junta informa que "con el nuevo plan hará efectivo en los próximos días un seguro a su cargo para indemnizar el pago de los daños causados a la ganadería de una forma ágil, tanto por el daño real como por el lucro cesante", pero será solo "en las zonas de protección".

El Plan aprobado asume "que el lobo se encuentra en un estado de conservación favorable, que ha aumentado su población y que el principal problema para su conservación es la conflictividad que genera por los daños producidos a la ganadería extensiva". Conforme al censo oficial de 2012-2014, en Castilla y León, se da por segura la existencia de 179 manadas -el 60% de las existentes en España-, 30 más de las contabilizadas en 2001, consideradas como una única población biológica que se ha extendido desde el norte de la comunidad al sur del Duero.

La finalidad del Plan "es seguir manteniendo la población en un estado de conservación favorable, buscando la compatibilidad con el aprovechamiento ganadero tradicional y favorecer que la especie se convierta en un elemento dinamizador de desarrollo rural". Subraya que "esta es la razón principal por la que las principales propuestas del plan se centran en lograr la compatibilización con la ganadería extensiva, en primer lugar a través de la aplicación de medidas preventivas que logren evitar los daños, y en segundo lugar, con la aplicación de otra serie de actuaciones para compensar adecuadamente los daños si llegan a producirse. Las indemnizaciones deberán compensar tanto el daño emergente como el lucro cesante y pagarse con la mayor celeridad posible".

Hasta un 18% de control

La Junta, con la participación de expertos y buscando el máximo consenso con las organizaciones agrarias, establecerá un Catálogo de buenas prácticas ganaderas en las zonas loberas, en el que se indicarán las medidas de custodia y prevención de daños a la ganadería, cuya puesta en práctica contará con líneas de ayuda de la administración de Castilla y León. Pero, si a pesar de las medidas tomadas, el daño persiste, el plan contempla la posibilidad de realizar medidas de control sobre la población en el marco de la normativa nacional y europea que contempla esta posibilidad tanto al norte como al sur del Duero.

El decreto que aprueba el Plan de Conservación y Gestión del Lobo, dado que la población al norte del Duero es cinegética, establece también las pautas para la realización de este aprovechamiento sostenible de la especie. Se fijan cupos de caza para las comarcas que, con carácter general no superará el 10% de la población, pudiendo llegar al 18% en aquellas situaciones con una mayor siniestralidad por daños a la ganadería. Al sur del Duero, donde el lobo tiene la consideración de especie de estricta protección, la Administración podrá autorizar de forma excepcional acciones de control, a realizar bien directamente o mediante la participación de otro personal debidamente autorizado, siempre bajo su supervisión y su estricto control, de conformidad con lo establecido en la ley del Patrimonio Natural y Biodiversidad, al tiempo que incrementará la vigilancia frente al furtivismo y el uso de cebos envenenados. El Plan pretende resaltar los aspectos positivos de la especie y su potencial como dinamizador de las áreas rurales y para ello se establecen medidas para fomentar su aprovechamiento turístico sostenible.