Una multa de 360 euros más una indemnización de otros 300 euros y el pago de las costas a la parte contraria es la sentencia recaída sobre una pareja de Morales del Vino por las molestias que ocasionaban a los vecinos de al lado debido a los ruidos en unos adosados de la zona de El Juncal. Así lo ha determinado la Audiencia Provincial, tras ratificar la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Zamora y rechazar el recurso que habían presentado los condenados.

Los denunciantes recurrieron a la justicia porque "vienen soportando la música a un volumen muy alto, puesta a diferentes horas del día y de la noche por sus vecinos del chalet de al lado". Además del testimonio de los denunciantes en el juicio se pudieron escuchar el de unos amigos de estos, que estuvieron una tarde con ellos y de la pareja de la Guardia Civil, que en una ocasión acudió al domicilio aunque no escuchó nada porque al percatarse de su presencia los infractores habían bajado la música, mientras en una segunda sí apreciaron las molestias, cuando aparecieron con el coche patrulla por la parte de atrás.

En los hechos probados se constata que los altavoces con la música a un volumen excesivo estaban enfocados hacia la vivienda de los damnificados. Asimismo la magistrada da por bueno un informe del médico de la sanidad pública que atendió a uno de los miembros de la pareja afectada, la mujer, que se vio obligada a tomar pastillas para poder conciliar el sueño, debido a los ruidos que le provocaban sus vecinos.

Como consecuencia de todo ello el hombre ha sido condenado por un delito leve de coacciones a la pena de dos meses de multa a razón de una cuota diaria de seis euros, lo que arroja una cantidad total de 360 euros. Además deberá abonar, solidariamente con su pareja, una indemnización de 300 euros a los moradores más próximo y pagar la mitad de las costas. Por su parte, la mujer recibe la misma condena que su pareja por un delito leve de coacciones.

El asunto de los ruidos en Morales del Vino ha provocado que grupos de ciudadanos residentes hayan solicitado al ayuntamiento de la localidad la redacción de un ordenanza que regule los limites máximo de los mismo y unas horas determinadas en las que no se pueden sobrepasar de acuerdo a las diferentes zonas.