El juez de lo Contencioso-Administrativo de Zamora ha anulado un acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villalpando y un requerimiento del Consistorio al vecino Agapito Modroño Alonso para que este retirara una tubería soterrada de riego de la zona de protección de un camino y repusiera la cuneta de la vía a su estado original. La parcela origen del conflicto, propiedad de Modroño, linda con otra de titularidad municipal.

El juez estimó el recurso interpuesto por Modroño contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 20 de mayo de 2015 que desestimaba a su vez otro recurso suyo contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 23 de marzo. El vecino alegaba "indefensión e infracción de las normas de procedimiento administrativo". El magistrado considera incorrecto que la Junta de Gobierno Local tomara la decisión de ordenar la retirada de la tubería sin previamente conceder audiencia al interesado. Además, añade que en el expediente administrativo tampoco se refleja acta o informe alguno "que ponga de manifiesto lo observado en el terreno que resultó afectado" por el soterramiento de la tubería, "ni de lo declarado en el acto de juicio resultó que esa comprobación se había hecho con rigor".

El fallo retrotrae el trámite administrativo al momento en el que Modroño presentó el recurso al acuerdo del 23 de marzo, para que el Ayuntamiento solicite al interesado sus aclaraciones y a partir de las mismas tramite y resuelva esa solicitud según el procedimiento legal oportuno, "incluido el trámite y comprobación de audiencia". De esta manera el Ayuntamiento podría requerir de nuevo a Agapito Modroño reparar el camino, siempre que lo haga por los cauces legales, concediendo audiencia al propietario de la parcela, y aporte pruebas objetivas de la comprobación de que los daños han sido causados por la obra de soterramiento.