"La circulación de vehículos no agrícolas como los destinados al transporte de áridos y otros usos no habituales como vehículos oruga, cadenables y de arrastre, deberá ser autorizada expresamente por el Ayuntamiento, que podrá exigir el depósito de fianza o aval bancario en cuantía suficiente para garantizar las reparación de los daños causados en los caminos". Así lo estipula el proyecto de ordenanza reguladora de la conservación y mantenimiento de los caminos rurales municipales de Muelas del Pan (Ricobayo, Cerezal y Villaflor).

La red comprenderá todos los caminos rurales públicos del municipio que hayan sido o no de concentración parcelaria, con la longitud y anchuras que, en el primer caso, figuran detallados en los planos. La nueva normativa considera así mismo que "los caminos son bienes de dominio público del Ayuntamiento y, en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e inembargables. Derivan de la titularidad demanial de los mismos las potestades de defensa y recuperación".

Las fincas rústicas de cultivo colindante con los caminos rurales que sean objeto de arado deberán respetar una distancia mínima de la arista exterior del camino de 20 centímetros. En lo referente a la plantaciones arbóreas en fincas colindantes a los caminos los propietarios deberán solicitar autorización municipal previa cuando la distancia sea inferior a 4 metros desde la arista exterior del camino. En el municipio, Muelas fue la primera en culminar la concentración parcelaria, que ahora se ultima también en Cerezal y Villaflor.