Rabanales de Aliste, municipio pionero desde 1982 de la recogida y comercialización de setas y hongos silvestres en Castilla y León y reino de la Raya en la producción de la preciada Amanita Caesarea cuenta desde ayer con regulación oficial propia del aprovechamiento micológico en sus montes de utilidad pública en los que dicho recurso "alcanza una gran relevancia económica y ambiental".

Manuel Faúndez Rivas, pionero y artífice de la comercialización de setas alistanas por todo el mundo con "Faúndez Gourmet" abrió un mercado, hace ya 33 años, que ya suma otras dos industrias micológicas en el municipio: "Mico Zamora" de su hijo Manuel Faúndez, también en Rabanales; y "Gabemar", en Fradellos, de los hermanos Gabella Martín

Los terrenos municipales (Montes de Utilidad Pública) destinados al aprovechamiento micológico, son los siguientes: Número 30 "El Bolón" en Ufones, 31 "El Cabezo" y 33 "Monte Arriba" en Matellanes, 32 "La Majadona" y ZA-3075 "La Solana" en Rabanales, 34"El Rebollar" en Ufones, 35 "El Tremedal" en Grisuela y 149 "La Encarnación" en Mellanes además varias parcelas más de titularidad del Ayuntamiento de Rabanales.

Según la ordenanza reguladora "se trata de masas puras de robledales y jarales con una riqueza micológica muy importante, igualmente tenemos tres industrias dedicadas a la transformación de estas especies. Por todo esto expuesto, es necesario regular el aprovechamiento, para conseguir que este recurso perdure en el tiempo".

Según manifiesta el alcalde de la localidad, Domingo Ferrero Cruz, "el aprovechamiento del recurso micológico, se realizará en todo caso considerando su carácter de recurso natural renovable, armonizando la utilización racional del mismo, con la adecuada conservación, permitiendo el equilibrio del ecosistema y la persistencia de las especies".

Se reconoce con carácter general, el derecho al uso recreativo de los montes, sin que ello suponga título alguno que permita un aprovechamiento al margen de esta ordenanza, o que de modo adquisitivo de derechos.

La nueva normativa incluye como infracción muy grave el aprovechamiento micológico sin autorización lo que daría lugar a sanciones con multas que irían de los 301 a los 1.000 euros. Las infracciones graves, cuando concurra la extralimitación espacial, temporal o cuantitativa en la recolección autorizada acarreará multas de 201 a 300 euros. La infracciones leves se castigan con sanciones de 30 a 100 euros.

La recolección de setas en el municipio tendrá como prácticas prohibidas recolectar los ejemplares maduros, rotos o alterados, por su valor de expansión de las esporas, y aquellos que no sean motivo de recolección; remover el suelo de forma que se altere o perjudique la capa vegetal superficial, ya sea manualmente o utilizando cualquier tipo de herramienta, excepción hecha en cuanto a los hongos hipogeos, en cuya recolección podrá usarse el machete trufero o asimilado; y usar cualquier herramienta apta para el levantamiento indiscriminado de mantillos, tales como hoces, rastrillos, escardillos, azadas o cualquier otra que altere la parte vegetativa del hongo.